LICENCIA DE CONDUCIR SERÍA POR PUNTOS

Febrero 17, 2008

En el Senado de la República avanza un proyecto
de ley que instaura en Colombia la Licencia de Conducción por Puntos, lo que en otras palabras significa que la vigencia del pase dependerá exclusivamente de su comportamiento como conductor.

Según ese proyecto, que debe ser aprobado antes del próximo 20 de junio, si un conductor acumula 10 o más puntos en un periodo menor o igual a un año, se le suspenderá la licencia de conducción por dos años, y a quien reincida en un periodo menor o igual a cuatro años se le cancelará.

En Bogotá, según reporte de la Secretaría Distrital de Movilidad, hay una larga lista de conductores, entre ellos, José Oscar Rubio o Herney Chavarro, a quienes nunca se les ha retenido la licencia de conducción. Cada uno tiene en su haber 371 comparendos y entre ambos le deben al distrito más de 142 millones de pesos en multas.

La Licencia de Conducción por Puntos deberá tener como número el de la cédula de ciudadanía o la tarjeta de identidad, según sea el caso. Y los titulares de una licencia de conducción que no cumplan con las condiciones técnicas establecidas en esta ley y en la reglamentación que para tal efecto expida el Ministerio de Transporte deberán sustituirla en un término de un año, contado a partir de la promulgación de la presente ley, es decir, cuando esta sea sancionada por el Presidente de la República.
Para cumplir con este requisito, deberá presentar paz y salvo por pago de infracciones de tránsito y el correspondiente certificado de aptitud física y mental para conducir (tras tomar las pruebas sicosensométricas en un Centro de Reconocimiento a Conductores autorizado).

Cómo funciona
Aunque en su paso por la Cámara de Representantes el proyecto sufrió algunas modificaciones, su esencia no ha cambiado. El nuevo sistema establece que por cada infracción mayor o igual a ocho salarios mínimos legales vigentes diarios (smlvd), se sumarán dos puntos; por cada infracción mayor o igual a 30 smlvd, 6 puntos; y por cada infracción mayor o igual a 60 smlvd, 8 puntos.

Los organismos de tránsito deberán reportar diariamente ante el Registro Nacional de Conductores y al Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) las sanciones impuestas.

El nuevo sistema de Licencia por Puntos establece que la imposición de estos será de acuerdo a la infracción; se mantienen los mismos montos de las multas en las categorías establecidas por el Código Nacional de Tránsito.

Estas categorías están señaladas por letras. En la A (cuatro salarios mínimos legales diarios vigentes) están infracciones como no transitar por la derecha de la vía y transitar por zonas
prohibidas.

En la Categoría B (ocho smldv), conducir sin licencia y no pagar el peaje. En la Categoría C (15 smldv), estacionar en sitios prohibidos, no utilizar el cinturón de seguridad, exceder la capacidad autorizada en la licencia de tránsito o tarjeta de operación (sobrecupo). Y en la Categoría D (30 smldv), transitar en sentido contrario al de la vía, no permitir el paso de vehículos de emergencia y no respetar semáforos en rojo.
Para poner un ejemplo, si a un conductor en un mismo año lo ¿parten¿ por ir en contravía, acumula seis puntos y, además, si en ese lapso se pasa un semáforo en rojo, se puede ir olvidando de su licencia durante dos años.

¿Tratamiento¿ para la embriaguez
El proyecto establece que en el caso de las infracciones por conducir en estado de embriaguez (Categoría D), su tratamiento será distinto para el caso de conductores de vehículos de servicio público, de transporte escolar o de instructor de conducción, ¿debido al altísimo grado de irresponsabilidad del infractor¿, explica la autora de la iniciativa, la representante del Mira, Gloria Estela Díaz.

En este caso, la multa pecuniaria, la pérdida de puntos y el período de suspensión de la licencia se duplicarán. En consecuencia, se perderán de una sola vez seis puntos, la multa será de 30 salarios mínimos legales diarios vigentes, la suspensión de la licencia será por un año y el vehículo será inmovilizado.
Además, dependiendo del grado de alcoholemia, al conductor se le suspenderá la licencia de tres a 10 años.

También hay beneficios
Los infractores ¿arrepentidos¿ contarán con algunos beneficios. Si el inculpado acepta la comisión de la infracción podrá, sin necesidad de otra actuación administrativa, pagar el 50 por ciento del valor de la multa dentro de los cinco días siguientes a la orden de comparendo, o el 75 por ciento del valor de la multa, si paga dentro de los veinte días siguientes a la orden de comparendo. En estos casos deberá asistir a un curso sobre normas de tránsito.
Si aceptada la infracción esta no se paga en los tiempos indicados, el inculpado deberá pagar el 100 por ciento del valor de la multa, más sus correspondientes intereses moratorios.

NUEVAS CAUSALES PARA SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA

- Por acumular 10 o más puntos en un periodo menor o igual a un año.
- Por no renovar la licencia de conducción para vehículos de servicio público.
- Por prestar el servicio público de transporte fuera de las rutas, horarios o frecuencias otorgadas o áreas de operación permitidas.
- Por causar accidentes de tránsito o cometer infracciones de tránsito que produzcan lesiones personales o la muerte de personas.
- Por obtener por medios fraudulentos la expedición de una licencia de conducción, sin perjuicio de las acciones penales que correspondan.
- La Superintendencia de Puertos y Transporte sancionará con multa equivalente a 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes a las empresas de transporte público terrestre automotor que tengan en ejercicio a conductores con licencia de conducción suspendida o cancelada.

LAS INFRACCIONES MÁS FRECUENTES
Conducir un vehículo sin llevar la licencia: 123.100 pesos.
Conducir con la licencia adulterada o ajena. Además de la inmovilización del vehículo, debe pagar 230.800 pesos.
Llevar niños menores de 10 años en el asiento delantero: 123.100 pesos.

Estacionar en sitios prohibidos: 230.800 pesos.

No utilizar el cinturón de seguridad: 230.800 pesos.

Conducir a velocidad superior a la máxima permitida: 230.800 pesos.

Conducir sin licencia, además de la inmovilización del vehículo: 461.500 pesos.

No portar el certificado de la revisión técnico-mecánica vigente (solo para carros de más de dos años a partir de su matrícula): 230.800 pesos.

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7 Respuesta sobre “LICENCIA DE CONDUCIR SERÍA POR PUNTOS”

  1. Orlando Solano en Febrero 17th, 2008 5:59 pm

    Es un buen proyecto, las tima que los politiqueros lo modificaron,
    Excelente como todo lo que hace el MOVIMIENTO MIRA, ojala que lo aprueben

  2. Israel Asmed Loaiza en Mayo 15th, 2008 7:34 am

    a mi me realizaron una prueba de alcolhemia el pasado 11 de mayo en las primeras horas y como resultado me encontraron un porcentaje grado 3 seguna las autoridades es el mas alto de todos, era primera vez que yo asia esto, ya que lo hice fue por una perdida de un primo que era como mi hermano “lo que se dice ahogar las penas” . yo le explique a las autoridades todo y pidiendoles que si habia una manera de rebajar la sancion ya que nunca me habianencontrado en esos terminos porque yo n8unca he conducido con alchoen mi cuerpo, me contestaron que no. mi pregunta es como puedo yo remediar o tratar de que me rebajen la sancion de tres años, ya que yo vivo de la “moto”? hay alguna forma de apelar y comprometerese uno a alguna cosa que no sea una sancion tangrande eswpero una respuesta yo soy de medellin estudiante actual de la Universidad de Antioquia. muchas gracias cel 3145380409 Israel Asmed Loaiza cc98560089

  3. oscar malagon en Junio 23rd, 2008 10:38 am

    Es un proyecto muy bueno, ahora me gustaria saber desde que fecha se empezaria a manejar esta nueva ley.
    por otra parte las licencias de conduccion se siguen tramitando por medio de las escuelas de conduccion y por el mismo precio o se abrira un punto nuevo para los tramites?

  4. fredy en Junio 25th, 2008 4:01 pm

    es bueno el proyecto,todo lo que sea para bien y seguridad de todos los usuarios de las vias es bienvenido,solo quisiera que se le diera mas formas y herramientas a las autoridades de transito,para tener acceso a las bases de datos de las personas que en algun momento se les suspenda o cancele la licencia de conduccion,por algunos de los causales previamente establecidos,tenemos casos donde especificamente un agente de transito o un policia de transito o de carreteras, le presentan licencias de conduccion con problemas de su titular y esta autoridad no tiene los medios para conocer si el documento es original,si esta suspendido o cancelado y al no tener informacion el usuario se deja ir.

  5. fernando villegas en Junio 28th, 2008 10:30 am

    el 25 de diciembre de 2005 en el reten via cartagena turbaco me hicieron un comparendo con el codigo 70 en el cual portaba la revision tecno mecanica del dia 25 de abril del 2005 vencimiento 25 de abril 2006 con una observacion de q tenia valides por un mes. el camion de placa QGW974 de barranquilla modelo 2002 perteneciente almacenes colventas s.a. porq tengo acargo ese comparendo quisiera q me respondieran a quien reclamo al fondo de trasnsito de trasporte de bolivar o a la empresa. desearia q me respondieran a mi correo y cel: 3163741790. muchas gracias.

  6. nico en Julio 1st, 2008 1:08 am

    antes de poner el carnet por puntos el estado deberia ponerle ma cuidado a las marcas viales y lasegrida vial y el repeto alos transeuntes
    por que alli no se respeta naade esto paresen animales conduciendo.
    no saben ni para que es un paso cebra, ni un pare ,ni un ceda el paso
    primeo ha que aprender todo esto
    y concientizar alos colobiano

  7. JULIAN ALBERTO PINEDA en Julio 5th, 2008 12:02 pm

    DEBERIAN AVISAR CUANDO SE PUEDA EMPEZAR A CAMBIAR LA LICENDIA

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