SECRETARÍA DE MOVILIDAD OFRECE ACUERDO DE PAGO A EMPRESAS TRANSPORTADORAS

Marzo 28, 2008

Con el fin de lograr acuerdos para el pago de aportes del Fondo Factor de Calidad, se inició un proceso de negociación con los transportadores, la propuesta plantea nuevos plazos y garantías.

La Secretaría de Movilidad espera que las empresas de transporte público que están pendientes de transferir los recursos al ‘Fondo para el Mejoramiento de la Calidad del Servicio’ se pongan al día, de esta manera, esperan chatarrizar 1000 vehículos de transporte público durante el año 2008 al tiempo que se reduce la sobreoferta en Bogotá.

“Esto negociación hace parte del proceso que construcción del ‘Sistema Integrado de Transporte’, este le dará a la ciudad un nuevo esquema de organización, haciendo que la movilidad capitalina mejore. Además, se generarán condiciones que le permitirán al ciudadano minimizar el uso de carro particular, esto redundará en una mejor calidad de vida para todos” afirmó Beatriz Helena Ortiz, directora de Servicio al Ciudadano de la Secretaría de Movilidad.

Es una obligación que las 66 empresas de transporte público paguen su deuda al fondo. Se espera que los 131 mil millones de pesos (71 mil millones de capital, 44 mil millones de intereses y 16 mil millones de las multas en firme), sean recaudados en un período entre 12 y 24 meses.

La próxima reunión con los representantes de transporte público, para establecer las condiciones de acuerdo de pago de aportes del Fondo Factor de Calidad, se llevará a cabo a finales de abril, entre representantes del sector Transportador de Bogotá, la Procuraduría General de la Nación, la Auditoria General de la Nación, la Contraloría de Bogotá, la Veeduría Distrital y de la Secretaría de Movilidad.

Estos son los puntos de negociación que planteó la Secretaría Distrital de Movilidad:

1. El valor a cobrar a cada empresa corresponde al monto liquidado en junio de 2007, valor que será actualizado atendiendo el Código Civil.
2. En cuanto a los acuerdos de pago, estos serán suscritos por la SDM con las empresas, según la normatividad vigente sobre el tema (Decreto 115 de 2003 y los actos reglamentarios).
3. Los acuerdos tendrán en cuenta los siguientes intereses: de plazo y moratorios.
4. El plazo máximo autorizado por la SDM será de 24 meses, diferido en 48 pagos quincenales, teniendo en cuenta el inicio de operación del Sistema Integrado de Transporte Público.
5. Las Garantías para los acuerdos de pago deben cubrir el 100% de la deuda y en ningún caso serán personales. Podrá hacerse a través de Prendas o Hipotecas.

Esta propuesta se desprende del pronunciamiento oficial de la Procuraduría General de la Nación que dice: “Los transportadores bogotanos que no cancelaron los dineros destinados al Fondo para el Mejoramiento de la Calidad del Servicio, deben pagar, además de dicha obligación, los intereses causados por la mora en el pago, al igual que las multas correspondientes establecidas en el Decreto 115 de abril de 2003.

Deje un comentario

¿Tienes algo que decir?