Manejar ebrio tendría cárcel
Abril 15, 2008
El Gobierno y la Fiscalía General de la Nación decidieron pedir
drásticas sanciones a los conductores que manejen embriagados, que se nieguen a la prueba de alcoholemia, que excedan los límites de velocidad o el cupo del automotor, o que roben o dañen señales de tránsito.
En adelante, esta conductas dejarían ser una simple infracción, como hasta ahora, sino que se convertirían en delito penal sancionable con pena de prisión no excarcelable. Así lo establece un proyecto de ley que estudiará el Congreso, y que pretende evitar casos como el de Juan Camilo Fuquen, el joven que el pasado 22 de diciembre conducía en estado de embriaguez un camión lechero que terminó estrellado contra una casa al sur de Bogotá, provocando la muerte de siete personas y heridas a otras 36.
Fuquen recobró la libertad a las tres horas, y hasta el momento su caso no ha sido resuelto por la justicia.
“Esta propuesta nace de unas estadísticas muy preocupantes y sobre todo de unas sanciones muy leves por ser calificado como delito culposo, es decir que se cometió sin querer. Por ello decidimos modificarlas para convertirlas de culposa en dolosa, sin que haya lugar a excarcelación”, explica el Viceministro de Justicia, Guillermo Francisco Reyes.
Al funcionario no le falta razón, si se considera que el año pasado se registraron 180.000 accidentes de tránsito en todo el país, en los que perdieron la vida más de 5.400 personas y 38.000 más quedaron lesionadas.
El proyecto prevé sanciones más drásticas: conductor que maneje en estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias psicoactivas pagará prisión de tres a seis meses y multa de 10 a 30 salarios mínimos diarios, es decir entre $4.615.000 y $13.845.000.
Si en el accidente hay heridos, al conductor le restringiría la licencia entre seis meses y tres años. Si hay muertos, puede ser de por vida.
El primer requerimiento es excarcelable, pero el juez tendrá la última palabra en el caso.
Según el general Luis Alberto Moore, comandante de la Policía de Carreteras, la medida se justifica porque “algunas personas son muy reiterativas en este tipo de conductas. Cuando haya por lo menos una sanción que las prive de la libertad, las llevará a concientizarse del buen uso que se debe hacer del vehículo”.
El oficial dice que existen controles con tecnología de punta -alcohosensores- en ciudades y vías intermunicipales, y en casos de alcoholemia, además de la inmovilización del vehículo se impone un comparendo. “Pero vemos que eso a la gente como que no le importa mucho, reincide en esas conductas”.
Exceso de velocidad
El proyecto de ley también contempla drásticas medidas para quienes violen los límites de velocidad permitida en zonas urbanas -60 kilómetros por hora- y carretera -80 kilómetros-.
Para esos casos se prevé, además de la sanción económica, una pena mayor si se puso de manifiesto que estuvo en riesgo la vida de pasajeros o peatones.
“Cuando se ponga en peligro la vida o la integridad de las personas, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir por tiempo superior a uno y hasta seis años”, establece un aparte del proyecto.
En ese sentido, la medida apunta a los llamados ‘piques’ o carreras de autos en algunas ciudades a altas horas de la noche, o al sobrecupo que con frecuencia se aprecia en el transporte urbano e intermunicipal.
Para esos casos la multa puede ir de 10 a 30 salarios mínimos y, dependiendo de la circunstancia, habría penas de prisión de entre dos y cinco años y la cancelación de la licencia de conducir entre seis y diez años.
Inclusive, el proyecto contempla sanciones para los conductores que se nieguen a la prueba de alcoholemia cuando son requeridos por las autoridades de tránsito. En esos casos la pena privativa de la libertad irá de seis meses a un año y prohibición de conducir entre uno y cuatro años.
También será delito penal el robo o daño de señales de tránsito o arrojar obstáculos o material deslizante -grasas, aceites- en las vías públicas que puedan poner en peligro la vida de conductores y pasajeros.
Con estas medidas, el Gobierno busca modificar el Código Penal para evitar, o al menos disminuir, los accidentes de tránsito, principal causa de las muertes violentas en el país, muy por encima de las víctimas que deja el conflicto armado.
El viceministro Reyes insiste en que “más que multas y sanciones, lo que se busca es que los conductores se concienticen acerca de su responsabilidad”.
Efectos del alcohol
Las drogas que afectan el sistema nervioso central se dividen en estimulantes (cocaína, anfetaminas) y depresores (alcohol, opiáseos, drogas para dormir), explica Máximo Duque, ex director del Instituto de Medicina Legal.
Dos cervezas, dos tragos o dos vinos (80 mg de alcohol) son suficientes para que la persona pierda la capacidad de reacción.
Con primer grado de alcohol (menos de 80 mg) se cometen errores fatales.
“En la pasada Semana Santa los accidentes de tránsito disminuyeron 56%, y también el número de muertos y heridos. Esperamos que con medidas más drásticas los conductores se concienticen de su responsabilidad frente al volante”: Luis A. Moore, comandante Policía de Carreteras.
“Con dos cervezas o dos tragos en la cabeza ya se habla de segundo grado de embriaguez. A una velocidad de 30 km. por hora se afecta la capacidad de respuesta: se cometen errores fatales, como pisar tarde el freno. Se afectan los reflejos”: Máximo A. Duque, ex director de Medicina Legal.





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