Se creó la Defensoría Técnica de la Fuerza Pública

Julio 25, 2008

El Presidente Álvaro Uribe Vélez sancionó la Ley 1224, por medio de la cual se crea la Defensoría Técnica de la Fuerza Pública.

Esta Defensoría tiene como finalidad facilitar a los miembros de la Fuerza Pública el acceso a oportuno, gratuito, especializado, permanente y técnico, a una adecuada representación en materia penal, cuando se trata de delitos cuyo conocimiento corresponda a la Justicia Penal Militar.

Lo anterior no representa perjuicio del respeto por el principio de continuidad en la Defensa Técnica, en aquellos casos remitidos por competencia a la Jurisdicción Ordinaria. Bajo estas condiciones el servicio se prestará también al personal retirado.
Para la prestación de este servicio, funcionará –permanentemente- un Fondo Cuenta, que recibirá recursos de la ley de presupuesto, aportes de cooperación internacional, donaciones de personas naturales o jurídicas y otras contribuciones.

Este servicio de Defensoría Técnica de la Fuerza Publica se prestará de manera autónoma e independiente del mando. Estará a cargo de él una Dirección Nacional, vinculada al Ministerio de Defensa, bajo las políticas impartidas por la Defensoría del Pueblo en materia de defensa pública.

El servicio será prestado por abogados vinculados como defensores técnicos (a través de contrato de prestación de servicios), con el apoyo de los estudiantes de los consultorios jurídicos y los egresados de las facultades de derecho, que podrán realizar su judicatura o práctica en el servicio de Defensoría Técnica Militar.

La Ley entrará a regir a partir de que empiece a funcionar el sistema penal acusatorio en la Justicia Penal Militar, y su implementación se hará en los términos del Código Penal Militar.

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4 Responses to “Se creó la Defensoría Técnica de la Fuerza Pública”

  1. 4
    rosa elena madrigal Says:

    es muy importante esta ley de defensoría técnica para la fuerza pública, pero es preciso hacerla efectiva, desginando en la labor de defensores a personas conocedoras de la labor castrense y ojalá que conozcan nuestras instituciones armadas, igualmente que su director no dependa jamás del alto mando, que sea independiente, persona de criterio propio y conocedor del oficio de abogado en especial y con mucha etica y amor por los hombres que conforman estas instituciones, lo digo como exfuncionaria de la justicia penal militar, y me siento feliz de que exista esta defensoría

  2. 3
    MIGUEL ANGEL TINJACA,YESID CIFUENTES Says:

    nosotros somos suboficiales con el grado de cabos terceros de Infanteria De Marina hace aproximadamente 3 meses fuimos convocados a realizar el curso extraordinario no 79 para oficiales de INFANTERIA DE marina , pasamos todas las pruebas que exige el proceso y entramos a la escuela naval como aspirantes a cadetes de Infanteria de Marina al cabo 2 meses, fuimos retirados de nuestra etapa o proceso para el juramento de bandera, por los motivos que a continuacion expresamos:

    MIGUEL ANGEL TINJACA: - fui retirado por medir 1.64cms, cuando lo establecido es 1.65cms. Esto me parece injusto ya que esto nunca me ha afectado para ejercer mi profesion como militar, hay que tener en cuenta que existen oficiales y cadetes de la misma escuela que tienen mi estatura e inclusive estan por debajo de mi estatura, considero que se me esta vulnerando el derecho a la igualdad y me estan discriminando.

    YESID CIFUENTES OSORIO: - Tengo un tatuaje el cual, puede ser borrado, con un tratamiento que no afecta mi formacion militar y academica, solicite al mando superior de la escuela, me fuera reconsiderada la decision de mi retiro de la escuela por este motivo, pues en esta escuela y en la institucion se encuentran personal de oficiales y cadetes con tatuajes en su cuerpo. Ademas, compañeros con esta misma situacion fueron autorizados por parte de la Escuela para realizar el tratamiento y continuar normalmente en la institucion. Esto nunca me ha impedido realizar mis funciones como militar. Considero que fui discriminado y violado mi derecho a la igualdad. Puesto que no se me brindo la oportunidad de borrarme el tatuaje como si a otros compañeros.

    Agradezco de antemano la colaboracion prestada y a la espera de su respuesta.

    Telefono: 091 7224181
    3107092579

  3. 2
    Marco Monroy Says:

    Es simplemente la aplicación del derecho de igualdad, pues se hace necesario que los miembros de la Fuerza Pública tengan acceso a una defensa que les garantice en todos los ordenes ese derecho constitucional.
    Bienvenida la Defensoría Técnica de la Fuerza Pública

  4. 1
    Ricardo Gómez Urbano Says:

    Una de las mayores dificultades que he observado en la defensa de miembros de la fuerza pública frente a la justicia penal militar es la parcialidad del funcionario investigador, quien suele actuar de acuerdo al rango que ostenta el encartado para favorecerlo o perjudicarlo. si bien la Ley inicia la corrección de esta felaencia, se hace imperioso que el director de la defensoría técnica esté completamente desligado, al igual que los defensores, de las fuerzas armadas.

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