Justicia

Corte Suprema tiene competencia para investigar delitos no propios de la función del congresista

La Corte Suprema de Justicia tiene competencia para asumir la investigación de conductas delictivas no propias de las funciones de los congresistas, realizadas por los parlamentarios antes, durante y después de su período constitucional, así lo aseguró el presidente de la Sala Penal de la Corte Sigifredo Espinosa.

Espinosa Pérez argumentó que esta competencia le fue atribuida a esta sala por la Constitución. El magistrado hizo referencia a este punto debido a la controversia presentada hace algunos días en cuanto a si la alta Corte podía investigar a los congresistas que renunciaran a su fuero.

Los nueve magistrados de la Sala Penal tuvieron diferencias en cuanto a la aplicación de competencias que le atribuyó la ley para investigar y judicializar a los parlamentarios que renunciaran a su fuero constitucional.

Para la mayoría de la sala citada, sólo la Corte Suprema de Justicia puede investigar a los congresistas que cometieron delitos directamente relaciones con el ejercicio de sus funciones como senadores o representantes, y por tal motivo renunciaban a su fuero para que los investigara la justicia ordinaria.

Para el presidente de la Sala Penal, está demostrado que dentro del proceso de la llamada “para-política” los actuales congresistas investigados y que renunciaron a su fuero han cometido en su mayoría conductas delictivas no propias de su función pero sí íntimamente ligadas con ella.

Como ejemplo, Sigifredo Espinosa, expuso que el congresista que bajo pretexto de hacer proselitismo político, se reúne con jefes de grupos al margen de la ley, en aras de asegurar apoyo logístico que le permita conservar la curul en las elecciones venideras, a cambio de prebendas tales como otorgar contratos a esos grupos, incurriría en delito que la Corte Suprema tendría competencia para investigar.

Se refirió además a los casos en que un aspirante a una curul en el Congreso recibe dineros para adelantar su campaña, con el compromiso de que una vez alcanzado el propósito, se erigiría representante o emisario en el seno congresional de quienes favorecieron ilícitamente la elección también tendría competencia la Corte para investigarlo.

“A este respecto, debe destacarse como el precepto constitucional no establece que las conductas a través de las cuales se dota de competencia a la Corte, fuesen realizadas “durante” el desempeño como congresistas, sino simplemente que “tengan relación con las funciones desempeñadas”, de tal suerte que resulta factible que el comportamiento criminal pueda iniciarse antes de acceder a la curul y consumarse o agotarse con posterioridad a la dejación del cargo, sin que por ello se pierda la condición de aforado para efectos penales”, afirmó el magistrado.

El presidente de la Sala Penal también se refirió al llamado “pacto de ralito” y dijo que si previamente a las elecciones se firma un documento entre paramilitares y políticos, encaminado a “refundar la patria”, es evidente que dentro de esa perspectiva se hallan no sólo los actos proselitistas y de intimidación financiados por los “paras”, sino la actividad que como congresistas adelantan los elegidos que voluntariamente signaron esa especie de contrato.

Por tal motivo esos congresistas que firmaron el pacto y que renunciaron deben ser investigados y judicializados por la Corte Suprema de Justicia.

Esta argumentación quedó expresa en el salvamento de voto que hizo el magistrado Sigifredo Espinosa dentro del tema en el que la Corte debe apartarse de una investigación adecuadamente diferida a ella, sólo en razón a que el aforado renuncie a su condición de representante o senador.

“Advierto necesario salvar el voto, con la esperanza de que, a futuro, ello tenga eco una vez se verifique con mayor presteza como la decisión de la mayoría afecta no sólo la característica constitucional de Estado Social y democrático de derecho que signa la Nación, sino caros principios del derecho penal tales como el debido proceso y el juez natural”, expresó Sigifredo Espinosa Pérez.

Por REinaldo Samaca

Los comentarios están cerrados.