Política

Doble militancia no es causa de inhabilidad: Consejo de Estado

La Sección Quinta  del Consejo de Estado reiteró que la doble militancia política no es causal de pérdida de investidura para quienes accedieron a un cargo de elección popular.  

Al mismo tiempo, el Consejo de Estado señaló que la prohibición de pertenecer a dos movimientos políticos está dirigida a los ciudadanos en general con el fin de fortalecer esas colectividades. 

El pronunciamiento fue hecho por la Sección Quinta  del Consejo de Estado, al no decretar la muerte política del un concejal de Floridablanca, Santander, quien perteneciendo a Convergencia Ciudadana y luego inscribió su nombre y fue elegido como cabildante de Alas Equipo Colombia. 

Por último el Consejo de Estado aclaró que la doble militancia si podría constituir causal de nulidad de la elección del servidor público.

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