Bogotá

A partir del 29 de marzo, comparendos electrónicos serán cobrados

La Secretaría Distrital de Movilidad reiteró que los comparendos impuestos mediante el mecanismo de detección electrónica son pedagógicos hasta el 28 de marzo de 2011, a partir del 29, los comparendos impuestos si serán sujetos de cobro.

La ciudad actualmente cuenta con 67 cámaras de video rotativas ubicadas en diferentes vías, que en el momento en que se realice una violación al cumplimiento de las normas de tránsito esta capturará una imagen del automotor y generará un comparendo electrónico. Éste será enviado al domicilio del dueño del automotor.

¿En cuánto tiempo llega el comparendo al domicilio después de realizarse la infracción?

A los seis días de haber ocurrido la infracción llegará el comparendo al domicilio del propietario del vehículo o moto.

¿Qué se debe hacer en el momento de recibir un comparendo electrónico?

El propietario del vehículo debe dirigirse al SuperCade de Movilidad o a los bancos autorizados para cancelar el comparendo. Si paga dentro de los cinco primeros días de haberlo recibido podrá beneficiarse del 50% de descuento, siempre y cuando se realice el curso pedagógico.

En el caso de cancelar el comprendo dentro de los 20 días de haberlo recibido, igualmente, se otorgará un descuento del 25% del valor total de la multa. También se deberá realizar el curso pedagógico.

Después de los 20 días, se deberá pagar el valor completo de la infracción con los intereses generados. Para facilitar el pago la Secretaría presta el servicio de acuerdo de pago.

¿Si la infracción la comete una persona diferente al dueño del vehiculo quién sería el responsable de la infracción?

Toda infracción cometida por un vehiculo, será impuesta al propietario del mismo a quien se le hará llegar la infracción.

¿Cómo y en dónde se puede apelar un comparendo electrónico?

En el SuperCade de Movilidad ubicado en la calle 13 No. 37-35, desde las 7:00 a.m. hasta las 7:00 p.m. Se puede acudir solo a través de apoderado, con las pruebas que considere validas para su defensa como testigos, fotográficas, documentales, lo que se tendrá en cuenta y se resolverá inmediatamente en audiencia.

Según Martha René Marquez, subdirectora de contravenciones de la Secretaría Distrital de Movilidad, cerca de 200 audiencias son atendidas diariamente y más del 90% de éstas son falladas inmediatamente.

¿Cuándo un carro de placas extranjeras que circulen en la ciudad y cometan una infracción quién responde?

Estos vehículos deben contar con los permisos correspondientes entre ellos una autorización de la DIAN en donde esta las direcciones y domicilios donde se van a remitir y están obligados a cumplir la normatividad del transito.

¿En el caso de un vehículo alquilado?

Responde la empresa propietaria del automotor, la que deberá incluir en los contratos cláusulas que determinen esta situación, porque el propietario del vehiculo es el que está obligado al pagó de la multa.

¿Si el automotor registrado en video no tiene actualizado su proceso de traspaso, a quién le llegará la infracción?

El comparendo se enviará a quien figura como dueño en los registros del automotor de la Secretaria de Movilidad. Es decir que quien haya vendido su vehículo y no haya legalizado el traspaso, será a quien se le cobrará el comparendo.

“La infracción más recurrente detectadas mediante este sistema ha sido el de pico y placa en vías principales como la carrera 7, carrera 15 y en la calle 72?, afirmó, la subdirectora.

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