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Corte no ordenó retiro de bases militares y asegura que fue malinterpretada

En un comunicado expedido por la Corte Constitucional, el Alto tribunal aclaró que no ha ordenado el retiro de la Fuerza Pública de los territorios indígenas Jiw y Nukak, asentados en Meta y Guaviare, y aseguró que el fallo del auto 173 de 2012 fue mal interpretado.

La misiva declara que «en atención a la desafortunada información emitida por los medios de comunicación con respecto al contenido del Auto 173 de 2012, a través de la cual se adoptan medidas cautelares urgentes para la protección de los derechos fundamentales de los pueblos indígenas Jiw o Guayabero y Nükak de los departamentos de Meta y Guaviare»

La Corporación señala que «la Corte Constitucional en el Auto 173 reiteró que los pueblos indígenas Jiw y Nükak, asentados en los departamentos de Meta y Guaviare están en grave peligro de ser exterminados física y culturalmente, a causa del conflicto armado interno y la omisión de las autoridades en brindarles una adecuada y oportuna protección».

Explica que «a través de esta providencia se ordenó al Ministerio de Defensa Nacional la devolución del área del territorio colectivo que actualmente ocupa la Escuela de Fuerzas Especiales e Infantería de Marina, en un periodo no mayor a seis (6) meses, en atención a lo dispuesto por el Convenio 169 de la OIT, y a los principios de precaución, distinción y necesidad militar, y demás normas de DIH que hacen parte del ordenamiento nacional (artículo 93.1 de la Carta), a las normas legales vigentes y la jurisprudencia de esta Corporación sobre la materia. En dicha área se identificaron 19 construcciones superpuestas con el territorio del resguardo, de las cuales 7 son permanentes: piscina, torre de observación, alojamiento y tanque elevado, planta de acueducto, escuela, dos salones de clase y dos pistas de comandos. La seguridad nacional no se verá comprometida con la reubicación de ninguna de estas construcciones, 2 pero su permanencia sí compromete la existencia misma del pueblo indígena Jiw, asentado en el resguardo de Barrancón».

«Resalta la Corte que en el auto de la referencia no se ordena el retiro de dos bases militares ubicadas en los departamentos de Meta y Guaviare, sino la devolución de 6 hectáreas de territorio colectivo ocupadas actualmente en la forma descrita, en el departamento del Guaviare. Al Ministerio de Defensa le fueron adjudicadas 250 hectáreas en la zona, mediante Resolución No. 571 del 31 de mayo de 1988, expedida por el anterior Instituto Colombiano de la Reforma Agraria – INCORA, que puede ocupar, sin poner en riesgo esas comunidades indígenas. Tal decisión nada tiene que ver con otros territorios del país».

Por su parte, el Ministro de Defensa, Juan carlos Pinzón anunció tras conocer la decisión que la cartera bajo su cargo apelará el fallo proferido por la Corte Constitucional.

Pizón advirtió que interpondrá los recursos de ley previstos frente al fallo del auto 173 de 2012, la cual aborda medidas cautelares para devolver los terrenos que hacen parte del resguardo indígena de los Jiw, en zona rural San José del Guaviare.

El ministro Pinzón precisó que los fallos de la Corte son para respetarlos y acatarlos, pero señaló que la Cartera de Defensa cuenta con los recursos jurídicos necesarios para utilizarlos en contra de la decisión del Alto tribunal.

Pinzón destacó que está decisión no debe afectar las relaciones que las Fuerzas Militares tienen con las comunidades indígenas, pese a lo ocurrido en el departamento del Cauca y que por supuesto no tiene relación con el fallo.

El ministro agregó que hay unos pasos seguir como es el de la apelación y revisar con el grupo de asesores la decisión para adelantar acciones, finalemnte precisó que no tiene nada que ver con los desordenes que se presentaron en el Cauca, donde los cabildos desalojaron a los integrantes del Ejercito en el paramo de Berlin.

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