Judicial Justicia

Gobierno se une a Corte contra abogados que se aprovechan de restitución de tierras

El director de Justicia Transicional del Ministerio de Justicia y del Derecho, Miguel Samper Strouss, destacó el reciente fallo de la Corte Constitucional que declara exequible el artículo 44 de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras que establece los topes a los honorarios de los abogados que representen a las víctimas del conflicto armado.

Durante la clausura del Foro Departamental de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario realizado en Medellín, el alto funcionario sostuvo que con la sentencia C-609/12 de la Corte “si una víctima quiere interponer una acción de tutela o quiere interponer una demanda ante lo contencioso administrativo, los abogados que la representen sólo podrán cobrar por honorarios un tope de dos salarios mínimos para el primer proceso y 25 salarios mínimos para el segundo”.

Miguel Samper agregó además ante las 1.500 personas que asistieron a este Foro, que todos los trámites que reúne la Ley de Víctimas para materializar sus derechos a la reparación integral son totalmente gratuitos y que no necesitan intermediación de nadie salvo de la propia víctima.

“Lo que no vamos a permitir es que abogados inescrupulosos se aprovechen de la condición de vulnerabilidad de las víctimas para cobrarles en la intervención de cualquier proceso con el Estado que se caracterizan por ser gratuitos. Si los victimarios no usaron intermediarios para causar tanto dolor y tanto sufrimiento, las víctimas no tienen por qué pagar un solo peso por reivindicar sus derechos”, insistió el director de Justicia Transicional.

A este foro, organizado por la Vicepresidencia de la República y la Gobernación de Antioquia, asistieron representantes de la sociedad civil, víctimas del conflicto armado y defensores de derechos humanos de todas las subregiones de Antioquia, quienes discutieron durante dos días sobre la construcción participativa de las políticas públicas de derechos humanos.