Política

No habrá excarcelación de asesinos y violadores: Minjusticia

gomez mendez

Un Fondo que prácticamente será de manejo Estatal y que reemplazaría el sistema actual para la prestación de servicios de salud en las cárceles y el acceso a subrogados penales por delitos menores a personas condenadas que no tengan antecedentes judiciales, son algunas de las novedades que quedaron contenidas en la Ley 1709 de 2014.

En compañía del Procurador General de la Nación, el defensor del Pueblo, el director general de la Policía Nacional, el Director General del Inpec, y magistrados de las Altas Cortes, el Ministro de Justicia y del Derecho, Alfonso Gómez Méndez, explicó los avances de esta reforma al Código Penitenciario y Carcelario, sancionado por el Presidente de la República Juan Manuel Santos.

El Jefe de la Cartera de Justicia destacó, entre otras medidas, el que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones deberá incluir dentro de las condiciones para la renovación de las licencias de funcionamiento de los operadores a celular, algunas obligaciones que eviten las comunicaciones no autorizadas dentro de las cárceles. Y recalcó que esta reforma implica que desde diferentes frentes, el Gobierno está enfrentando la “vergonzosa” situación en las cárceles.

“La Ley incluye también la flexibilización de medidas preventivas: se amplía a 8 años la condena para poder acceder a la detención domiciliaria; también se incluye el que se pueda aplicar a la suspensión de la condena por penas menores a 4 años y beneficios de libertad condicional, previo cumplimiento de requisitos de Ley, con las 3/5 partes de pena cumplida”, expresó el Ministro de Justicia.

El Ministro agregó que con la Ley “no va a haber excarcelación de asesinos, violadores o personas que hayan depredado al erario público” y que las medidas son un conjunto de normas enfocadas a “dignificar la situación de las personas recluidas en las cárceles”.

‘La detención preventiva debe ser excepcional’: Informe de Cidh

En este sentido, el alto funcionario citó el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, presentado el pasado viernes 17 de enero y titulado El uso de la detención preventiva en las Américas. El informe hace referencia a la entrada en vigencia del Sistema Penal Acusatorio, el cual, dice, «produjo un impacto en el aumento de la población carcelaria penal».

“La detención preventiva es utilizada para forzar a los procesados a que colaboren, aceptando cargos o aportando pruebas en contra de otros sospechosos, razón por la cual los fiscales imputan y solicitan la prisión preventiva aunque no tengan suficiente evidencia. Es decir que utilizan la detención como herramienta de investigación. (…) En Estados como Colombia se debe tener en cuenta además de los costos financieros que representa para el Estado y para la sociedad la aplicación de la detención preventiva, otro costo indirecto relacionado con la adjudicación legal de la responsabilidad patrimonial del Estado, por el daño antijurídico generado a los ciudadanos por la aplicación de la detención preventiva”, indica el informe, al que hizo referencia el Ministro.

La Comisión invita a que los “estimativos de los costos financieros y humanos” sirvan de base para que los países inicien un debate “serio y objetivo acerca de la necesidad y conveniencia del decreto de esta medida (detención preventiva) frente a otras medidas cautelares con las que se pueden alcanzar los mismo objetivos procesales pero con menor restricción de los derechos y a un menor costo”, citó el jefe de la cartera de justicia.

“El país se ha venido quejando del problema del hacinamiento y de la vergonzosa situación en las cárceles. El tema tiene que ver con asuntos penitenciarios pero también con asuntos de política criminal, los cuales el Gobierno está enfrentando”, concluyó el Ministro de Justicia.

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