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Medicina Legal confirmó envenenamiento de soldados por guerrilla del Eln en Arauca

ejercito –El Instituto Nacional de Medicina Legal confirmó el envenenamiento de 10 soldados en el departamento de Arauca, uno de los cuales murió, al consumir una carne impregnada con un fuerte pesticida, hecho que la Defensoría del Pueblo califico de inaceptable y violatorio del derecho internacional humanitario.

Como lo informamos aquí oportunamente, la acción criminal fue ejecutada por la guerrilla del autodenominado ejército de liberación nacional, Eln, que le vendió la carne de cerdo a los uniformados adscritos a la Fuerza de Tarea Conjunta Quirón.

El dictamen del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, confirmó la contaminación de la carne, que el pasado 1 de agosto fue ofrecida por presuntos miembros del frente Domingo Laín del ELN a una escuadra de la referida unidad militar.

Según los reportes, el alimento contenía altas concentraciones de pesticida, y en ese orden de ideas, su oferta habría obedecido a un plan preconcebido para atentar contra la Fuerza Pública a través de métodos no convencionales en el marco del conflicto que afronta el país.

Al condenar estos lamentables hechos, el defensor Jorge Armando Otálora Gómez afirmó que si bien la confrontación es entre combatientes, existen unas reglas fijadas en el marco del Derecho Internacional Humanitario a la luz de los Convenios y Protocolos de Ginebra suscritos en esta materia.

Precisamente, esa legislación internacional advierte, por ejemplo, la prohibición de “matar, herir o capturar a un adversario valiéndose de medios pérfidos”, es decir “actos que, apelando a la buena fe de un adversario con intención de traicionarla, den a entender a éste que tiene derecho de protección”, y agrega que “simular el estatuto de persona civil, no combatiente”, como habría ocurrido con los supuestos guerrilleros que se acercaron a los uniformados, constituye una infracción al DIH.

Así mismo, el Comité Internacional de la Cruz Roja considera que “el uso de agentes biológicos para causar enfermedades, provocar la muerte o infundir terror” se constituye en una acción repulsiva y aborrecible, y enfatiza que hechos de esta naturaleza deben ser condenados universalmente pues están prohibidos por los protocolos de Ginebra y la Convención de 1972 sobre armas bacteriológicas.

De acuerdo con Medicina Legal, a partir de la necropsia realizada al cuerpo del soldado Edwar Andrés Salazar Beltrán, quien falleció horas después de consumir el producto, se evidenció la presencia de carbofurano, un plaguicida de alta toxicidad, considerado letal para el ser humano.

El Defensor del Pueblo reiteró su exigencia a los grupos armados ilegales, no sólo para excluyan a la población civil de la confrontación, sino particularmente para que entiendan que dialogar en medio del conflicto no significa desconocer el Derecho Internacional Humanitario.