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Sanción a EPS que nieguen servicios de salud: Corte Constitucional

corte constitucionalLa Corte Constitucional pidió a la Superintendencia de Salud tomar medidas sancionatorias contra las EPS que niegan el servicio de salud a los pacientes.

Las EPS fueron estudiadas por la Corte, a raíz de reiteradas acciones de Tutela interpuestas por pacientes a quienes se les negaron sus servicios.

“Como quiera que se advierten posibles irregularidades en la prestación de los servicios de salud porque a pesar de las reiteradas decisiones de esta Corporación sobre la necesidad de cubrir la prestación de los servicios y suministro de medicamentos e insumos en casos como los que ahora se examinan y que tienen relación población vulnerable, las EPS continúan negándolos a personas niños, personas con discapacidad y adultos mayores, que por mandato constitucional deben ser destinatarias de medidas especiales de protección señala la sentencia.

Entre las EPS investigadas están: Eps Sanitas, Saludcoop, Nueva Eps, Salud Capital y la EPS Confamilia. Estas entidades fueron estudiadas por el alto tribunal después de recibir varias tutelas interpuestas por los pacientes al habérsele negado el servicio de suministros como pañales, que de ahora en adelanten debe ser entregados sin problemas por las prestadoras de salud.

Asimismo, la corte hizo un llamado a los jueces del país para que cumplan con la jurisprudencia en este tipo de casos, que violan los derechos fundamentales de los pacientes.

“Es necesario llamar la atención a los jueces constitucionales de instancia para que observen, con la disciplina y rigor que corresponde, la jurisprudencia de esta Corporación, cuyo desconocimiento en las decisiones revisadas desconcierta y preocupa en cuanto afecta la protección real y oportuna de los derechos de personas, que como en los casos examinados, son vulnerables ya sea por su condición física, mental, económica o por su edad”