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El Envigado Fútbol Club entró a engrosar la «lista Clinton»

Equidad_vs_Envigado–El equipo profesional del fútbol antioqueño, el Envigado Fútbol Club fue incluido en la llamada «Lista Clinton», que, como se sabe, involucra a todas las empresas, entidades o personas implicadas en manejar dineros o actividades del narcotráfico.

La inclusión del Envigado fue confirmada por el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, el cual advierte que está prohibido a todas las empresas estadounidenses hacer negocios con esa empresa del futbol colombiano.

Según el Tesoro estadounidense, el club Envigado entró a engrosar la lista Clinton debido a los vínculos de algunos de sus directivos con la llamada «Oficina», que según las autoridades norteamericanas maneja el narcotráfico y las finanzas derivadas de este negocio en Colombia.

Con el Envigado Fútbol Club, fueron incluidos en la lista los propietarios del equipo, Juan Pablo Upegui Gallego y su madre, Margarita Zulay Gallego Orrego y otros individuos, supuestos socios de la organización criminal denominada “la Oficina”.

Ellos son un funcionario de la Secretaría de Tránsito del municipio de Envigado, de nombre Nelson Darío Isaza Sánchez, alias “Nene”; su hermano Félix Alberto Isaza Sánchez, alias “Beto”; el excapitán de la Policía Edward García Arboleda, alias “Orión”; Carlos Arturo Arredondo Ortiz, alias “Mateo”, desmovilizado de las autodefensas, junto a su mano derecha Gildardo de Jesús Bedoya López, alias “Gil”; Luis Fernando Gutiérrez Restrepo, alias “Luisfer”; Óscar Alonso Echeverry Pareja, alias “Mosco”, Adriana María Ruiz Madrid y Wílmar Alexis Metaute Zapata, alias “Pichicalvo”, quien fue asesinado el pasado 12 de junio en el parqueadero de una discoteca de la vía Las Palmas.

Igualmente fue incluida la empresa Tienda Margos, del “Clan Upegui” y la empresa Colombiana de Biocombustibles S.A., liderada por Gildardo Bedoya, alias “Gil”.

La «lista Clinton», es una «lista negra» de empresas y personas acusadas de tener relaciones con dineros provenientes del narcotráfico en el mundo. La lista es emitida por la Oficina de Control de Bienes Extranjeros (Office of Foreign Assets Control (OFAC)) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos y fue creada en octubre del año 1995, por la Orden Ejecutiva 12978 emitido por el presidente Bill Clinton, del cual deriva su nombre, como parte de una serie de normas para tomar medidas en la guerra contra las drogas y el lavado de activos.

La Orden Ejecutiva 12978 declaró a los carteles de la droga en Colombia como una amenaza a la seguridad nacional y economía de los Estados Unidos y empezó por nombrar a los cuatro jefes del Cartel de Cali – Gilberto Rodríguez Orejuela, Miguel Rodríguez Orejuela, José Santacruz Londoño y Helmer Herrera Buitrago. Las personas naturales o jurídicas que aparecen en dicha lista no pueden hacer transacciones financieras o tener negocios comerciales con los Estados Unidos y las empresas de dicho país que tengan relación con ellos incurren en un delito.

El 3 de abril del 2013, el Departamento del Tesoro de Estados Unidos retiró al equipo América de Cali de la Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (SDN, por su sigla en inglés), conocida en Colombia como la “Lista Clinton”.

El Departamento del Tesoro designó al equipo América de Cali el 8 de junio de 1999, conforme a la Orden Ejecutiva 12978 de 1995, “Bloqueo de Bienes y Prohibición de Transacciones con Narcotraficantes Significativos”, puesto que el equipo era de propiedad o se encontraba bajo el control de los líderes del Cartel de Cali, Miguel y Gilberto Rodríguez Orejuela, y otros individuos designados.

David S. Cohen, entonces subsecretario para Terrorismo e Inteligencia Financiera del Departamento del Tesoro, afirmó que “el levantamiento de la designación del equipo América de Cali era testimonio del gran esfuerzo que el gobierno colombiano y el equipo han hecho para erradicar completamente las influencias criminales que eclipsaron al equipo en el pasado.

En esa oportunidad, el organismo estadounidense señaló que «el levantamiento de la sanción al América de Cali demuestra que las entidades o personas incluidas en la Lista SDN (“Lista Clinton”), pueden ser, y de hecho son, retiradas de la lista cuando quiera que las circunstancias lo ameriten. Una persona o entidad designada puede solicitar a la Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC, por su sigla en inglés) que excluyan su nombre de la lista SDN. Generalmente es necesario probar el cambio en las circunstancias y el comportamiento que llevaron a su inclusión en la lista para que la OFAC los retire de la misma», precisó.