Bogotá

Distrito ha cumplido con identificación de recicladores: Corte Constitucional

marcha-recicladoresLa Corte Constitucional indicó que el Distrito Capital ha cumplido efectivamente las medidas para la identificación de los recicladores, la constitución de organizaciones recicladoras autorizadas y el máximo aprovechamiento de residuos sólidos. Además, destacó la inclusión en el nuevo modelo de quienes remplazaron sus vehículos de tracción animal.

La Corte cuestionó la falta de colaboración armónica entre entidades estatales, que, a su juicio, ha enmarcado el cumplimiento de estas providencias, específicamente con respecto a los conceptos de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) sobre la composición tarifaria del esquema.

También, advirtió sobre los problemas derivados de las medidas adelantas por la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP), pues “esta entidad ha tenido una alta rotación de personal que no permite el manejo adecuado de la situación”. Al respecto, aseguró que existen dificultades relativas al impacto de esas medidas, por ejemplo, en lo atinente a la necesaria separación en las fuentes de los residuos.

“Es visible que existe un deficiente diálogo entre instituciones para superar, a través de la colaboración armónica, la transitoriedad que ha de ser solventada. En efecto, llama la atención a esta Sala que en el escrito enviado por la CRA no se observe referencia a los argumentos frente al modelo tarifario propuesto, que fueron elevados por la UAESP”, agregó.

A su vez, la corporación subrayó cómo la Procuraduría General de la Nación se limitó a enumerar ciertas deficiencias, sin adelantar actuaciones de fondo al respecto, y la invitó a hacer uso de sus facultades legales frente a esas anomalías.

La Corte Constitucional advirtió que el Distrito Capital no ha incumplido la orden de formalizar la labor de los recicladores. Según indicó, los procedimientos técnicos establecidos por la administración para la recolección de basuras, aunque discutibles, no desconocen los parámetros de la Sentencia T-724 del 2003, ni de los autos 268 del 2010 y 275 del 2011, en los que se protegieron los derechos de esta población.

Finalmente, concluyó que las sanciones impuestas por la Superintendencia de Industria y Comercio por la afectación de la libre competencia que se habría evidenciado en el cambio del esquema de recolección de basuras en Bogotá no deben afectar el cumplimiento de las acciones efectivas a favor de la población recicladora.