Nacional

Esta es la restricción de vehículos de carga “puente festivo la Ascensión del Señor”

CAMIONEROS PARO 2Como cada fin de semana con festivo incluido, el Ministerio de Transporte emite una restricción para los vehículos de carga que excedan las 3.5 toneladas; esto, para facilitar la seguridad y la movilidad de los colombianos que se desplazan a diferentes partes del país.

 

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FECHAS, HORAS Y CORREDORES VIALES  QUE SERÁN OBJETO DE LA RESTRICCIÓN VEHICULAR PARA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE CARGA CON CAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR A 3.4 TONELADAS EN CUNDINAMARCA Y OTROS DEPARTAMENTOS.

Viernes

15 de mayo

16:00 A 22:00 HORAS

Sábado

16 de mayo

07:00 A 15:00 HORAS

Lunes

18 de mayo

09:00 A 23:00 HORAS

Vías a restringir:

  1. ARMENIA – PEREIRA-RIOSUCIO
  2. ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA
  3. BARRANQUILLA – CARTAGENA (VÍA AL MAR)
  4. BARRANQUILLA-CALAMAR-CARRETO
  5. BOGOTÁ  – CHOACHI.
  6. BOGOTÁ – CHÍA – CAJICÁ – UBATÉ – CHIQUINQUIRÁ – BARBOSA – SAN GIL – BUCARAMANGA.
  7. BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ.
  8. BOGOTÁ – LA MESA – GIRARDOT.
  9. BOGOTÁ – LA VEGA – VILLETA – HONDA.
  10. BOGOTÁ – TUNJA.
  11. BOGOTÁ – VILLAVICENCIO – ACACÍAS.
  12. BOGOTÁ-LA CALERA-GUASCA-GUATAVITA
  13. BOGOTÁ-MOSQUERA-FACATATIVÁ- SASAIMA- VILLETA
  14. BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE BOLÍVAR-CRUZ DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA
  15. BUCARAMANGA –LA LIZAMA
  16. BUCARAMANGA- SAN ALBERTO
  17. BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA
  18. CARTAGENA- BARRANQUILLA
  19. CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT
  20. CUCUTA-SARDINATA
  21. HATILLO-BARBOSA
  22. HONDA-DORADAL-MEDELLÍN
  23. IBAGUÉ – ARMENIA – CALI.
  24. IBAGUÉ-HONDA
  25. MANIZALES-CHINCHINA-SANTAROSA-PEREIRA
  26. MANIZALES-LA MANUELA-LA FELISA-LA PINTADA
  27. MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO
  28. MEDELLÌN – SANTA FE DE ANTIOQUIA.
  29. MEDELLÍN-HATILLO-YARUMAL- CAUCACIA
  30. MEDELLÍN-PRIMAVERA-LA PINTADA
  31. MONTERÍA-CERETE-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLUVIEJO-CRUZ DEL VISO  (BOLÍVAR)
  32. NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT.
  33. NEIVA-GARZÓN-PITALITO-MOCOA
  34. PASTO – CHACHAGÜI.
  35. PUERTO ARAUJO-PUERTO BOYACÁ
  36. RIOHACHA – SANTA MARTA
  37. RIOHACHA – VALLEDUPAR
  38. SANTA MARTA – RIOACHA
  39. SANTA MARTA-BARRANQUILLA
  40. SANTA MARTA-FUNDACIÓN-SAN ROQUE-AGUACHICA
  41. SIBATE- ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGÁ
  42. TUNJA –CHIQUINQUIRÁ
  43. TUNJA-BARBOSA
  44. TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO
  45. VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ
  46. VILLAVICENCIO-CUMARAL-BARRANCA DE UPIA-VILLANUEVA-MONTERREY-TAURAMENA- AGUAZUL-YOPAL.

NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.

Igualmente, podrá implementar anillos viales en los siguientes días festivos: San José, Corpus Christi, San Juan, San Pedro, Asunción de Nuestra Señora y el día de todos los Santos”.

NOTA 1: El día viernes 15 de mayo de 2015, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la Ciudad de Bogotá.

NOTA 2: El día lunes 18 de mayo de 2015, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas.

NOTA 3: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por INVIAS.

NOTA 4: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.

NOTA 5: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 2307 de 2014, «Por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras disposiciones».

NOTA 6: El Instituto Nacional de Vías – INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI y las CONCESIONES de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizan obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado. No obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantarán algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios.

NOTA 7: Se establece el Puesto de Mando Unificado PMU en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, con la presencia del Ministerio de Transporte, Superintendencia de Puertos y Transporte, INVIAS y ANI. Los datos de contacto son: Teléfono: 320 303 9152 Correo electrónico: ditra.ciesp@policia.gov.co Se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767.