Política

Magistrado Pretelt asegura que se violó debido proceso a exministro Pretelt de la Vega

sabas-preteltAnte la decisión de la Corte Constitucional de negar la solicitud de tutela interpuesta por Sabas Pretelt de la Vega, involucrado en el escándalo de la Yidispolitica, y condenado por la Corte Suprema de Justicia a pagar 6 años y medio de prisión, el magistrado constitucionalista, Jorge Ignacio Pretelt salvó su voto en la sesión que pretendía ratificar la condena contra el hoy procesado exministro del Interior.

La acción de tutela interpuesta por exministro de Justicia se radicó argumentando que se le había violado el debido proceso, al no tener en cuenta su fuero constitucional, según alegó porque su proceso no podía ser adelantado por alguien diferente del fiscal general de la Nación, y no por un fiscal Delegado ante la Corte Suprema de Justicia, como efectivamente sucedió.

Ante lo sucedido, el magistrado Pretelt Chaljub manifestó que la decisión de la Corte Constitucional, en su criterio, no abordó realmente los argumentos que presentó el exministro.

“En segundo lugar, consideró que la aplicación del Acto Legislativo 06 de 2011 en el proceso penal llevado a cabo en contra del señor Sabas Pretelt de la Vega desconoció claramente el debido proceso por 3 motivos”, dice el salvamento.

Ese acto legislativo fue el que permitió que no solo el fiscal general pudiera acusar a ministros y otros altos funcionarios del Estado, sino también el vicefiscal o fiscales delegados. En criterio de Pretelt, como éste fue expedido cuando ya estaba en marcha el proceso en contra de Sabas Pretelt, entonces se le aplicó de manera retroactiva, lo cual no se puede hacer.

Para el magistrado Pretelt, además, hubo una irregularidad a la hora de delegar el deber de acusación a un fiscal delegado en este caso porque “no tuvo un mecanismo de publicación ni como acto administrativo ni como acto de naturaleza jurisdiccional y no podía tener vida jurídica, pues se trata de una típica delegación de funciones y por ello se le debió aplicar el régimen del Código Contencioso Administrativo, el cual exigía formalidades que nunca se cumplieron en el proceso como la publicación en la gaceta”.

El fallo de la Corte indicó que la tutela no satisfacía el presupuesto de identificar los yerros en los que pudo incurrir la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia al aceptar la delegación del Fiscal.

“Este tribunal evidenció que en este caso el accionante no proporcionó las razones por las que, a su juicio, la Sala de Casación Penal calificó erradamente la naturaleza de dicho acto, pues en el escrito tutelar reprodujo los argumentos que había planteado en su solicitud de nulidad, sin detenerse a explicar por qué las apreciaciones desplegadas por la demandada no resultan acordes con los principios constitucionales, ni por qué esto tornaba imperiosa la intervención del juez de amparo”, indicó la Corte Constitucional.

Cabe recordar que fue la Corte Suprema de Justicia la entidad que emitió la condena a 80 meses de cárcel contra el exministro.

Es decir que, queda en firme, la sentencia proferida por la Corte Suprema de Justicia que condenó a Pretelt de la Vega a 80 meses de prisión y a pagar una multa de 167 salarios mínimos por ofrecer dádivas y burocracia a la excongresista Yidis Medina a cambio de que apoyara la reelección presidencial del expresidente y ahora senador, Álvaro Uribe Vélez.