Política

Ley para la regulación del plomo en Colombia, pasa a segundo debate

plomoPor unanimidad la Comisión Séptima de Senado, aprobó en primer debate el proyecto de ley presentado por la senadora Nadia Blel Scaff (Partido conservador), con el fin de controlar el uso del plomo en Colombia.

La senadora Nadia Blel (Partido conservador) autora y ponente de la iniciativa, manifestó ante los congresistas, su preocupación por la comercialización de alimentos, pinturas, juguetes, maquillajes, en otros objetos de uso cotidiano, con alto contenido de plomo, que hoy en día es el principal causante de daños irreversibles en el sistema neurológico y cognitivo, sobre todo en niños y niñas que habitan en zonas costeras y rivereñas de país.

Así mismo, el contenido de plomo en la sangre superior a los 5 microgramos por decilitro (µg/dL), en una persona adulta, puede ocasionar el incremento de la presión sanguínea, daños a los riñones y en el sistema urinario, abortos, perturbación del sistema nervioso, daño al cerebro y la disminución de la fertilidad del hombre.

Por esta razón, los senadores del Partido Centro Democrático a través de una proposición, sugirieron que el titulo para el proyecto de ley debía ser modificado de la siguiente manera: Proyecto de ley 148/2015 «Por medio del cual se establecen disposiciones para garantizar el derecho de las personas a desarrollarse física e intelectualmente en un ambiente libre de plomo, se fijan límites para el contenido del plomo en productos comercializados en el país y se dictan otras disposiciones .(Ambiente libre de plomo)», la cual fue aceptada con beneplácito por la senadora Blel.

«De ahora en adelante los productos que se comercialicen en nuestro país deberán llevar una etiqueta donde de manera clara y legible se establezca el porcentaje de plomo que contienen, además, se deberá llevar un registro con el nombre de todas las empresas que a nivel nacional produzcan, importen, comercialicen o almacenen estos artículos, para garantizar el control permanente de las mismas», afirmó la senadora Blel Scaff.

De ser acogida positivamente la propuesta, en los 4 debates en el Congreso de la Republica tal cual como lo establece la Ley 5 de 1992, quedará resuelto el vacío normativo en el tema, a través de las sanciones que deberán asumir las empresas infractoras, dentro de las cuales se encuentran la amonestación escrita, multas diarias hasta por cinco mil (5.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes, decomiso de bienes , hasta el cierre temporal o definitivo del establecimiento de comercio o sitios de almacenamiento. Lo más importante es que los Colombianos podrán desarrollarse física e intelectualmente en un ambiente libre de plomo.