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Corte Constitucional fallará en 30 días sobre matrimonio entre homosexuales; gobierno avala la medida

CORTE CONSTITUCIONAL-DEBATE GAUY–Como conclusión del prolongado debate público realizado este jueves, el magistrado ponente Jorge Pretel anunció que en el término de 30 días la Corte Constitucional tomará una decisión frente al matrimonio entre homosexuales.

En la audiencia pública, que se extendió por espacio de 10 horas, se escucharon los puntos de vista de todos los sectores interesados en el tema, incluidas las organizaciones que representan a la población gay y el gobierno nacional, que por boca de los ministros de Justicia y del Interior, avaló la implantación del llamado matrimonio igualigario.

Precisamente, el titular de la cartera judicial, Yesid Reyes Alvarado, sostuvo por un lado que la Corte Constitucional sí es competente para decidir si las parejas del mismo sexo pueden contraer matrimonio, dado que el Congreso no ha legislado en relación al tema y por otra parte estableció que “no existe ningún motivo que en este caso justifique un trato diferenciado entre las parejas heterosexuales y las homosexuales».

El ministro de justicia subrayó que «desde el punto de vista estrictamente jurídico ambas constituyen familia en cuanto tienen un proyecto de vida común, con vocación de permanencia y basado en el afecto, el respeto y la solidaridad. Tanto las uniones homosexuales como las heterosexuales deben contar con los mismos instrumentos jurídicos para dotar de consecuencias legales a esa realidad social”.

Reyes Alvarado agregó que la falta de regulación del matrimonio civil para las parejas homosexuales tiene profundas consecuencias negativas para el desarrollo de sus vidas en pareja.

“No es válido afirmar que las parejas homosexuales pueden acceder a los mismos beneficios de las heterosexuales a través de figuras como la unión marital de hecho, porque jurisprudencialmente es claro que ésta goza de una menor protección jurídica que aquella que se deriva del matrimonio, insistió el alto funcionario.

Reyes Alvarado, en representación del Ejecutivo, sostuvo que la Corte Constitucional sí tiene la competencia para saldar la deuda que tiene el Estado colombiano con la comunidad gay, y que en ese sentido, puede pronunciarse ante los vacíos jurídicos que mantienen la discriminación dado que no se puede seguir aplazando la satisfacción de derechos fundamentales.

A su turno, el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo afirmó que «toda pareja de personas del mismo sexo tiene derecho a constituir una familia mediante un acto contractual de carácter marital solemne y formal; el acceso libre y autónomo de las parejas del mismo sexo a los procedimientos dentro de los cuales puedan demostrar su voluntad en un contrato jurídicamente bien definido, constituye un derecho fundamental que amerita la activación de las potestades propias de la Corte Constitucional como guardiana de la integridad de la Constitución”.

Por supuesto, los representantes de la población gay defendieron con ahínco la medida.

La directora de la ONG Colombia Diversa, Marcela Sánchez, sostuvo que «restringir el acceso a las parejas del mismo sexo a ese espacio público compartido y valorado tan positivamente, no es un mero asunto de déficit de derechos, que ya lo es, sino que involucra una forma específica de violencia mediante la cual se excluye a una población de un espacio público considerado superior en jerarquía”.

En el marco del debate, también fijó su posición la Procuraduría General de la Nación, la cual reiteró el llamado que recientemente hizo su titular, Alejandro Ordoñez Maldonado al Congreso de la República para que «legisle de manera sistemática y ordenada sobre las materias relacionadas con la uniones maritales de hecho y las parejas del mismo sexo”.

La viceprocuradora Martha Isabel Castañeda Curvelo recordó que el organismo de control «es garante de los derechos de todos los colombianos y ha concentrado gestión en promover garantías pensionales y de salud de las parejas del mismo sexo, al tiempo que tiene el deber de defender jurídicamente lo estipulado por la Constitución Nacional en lo que se refiere a la institución del matrimonio».

“Es menester clarificar que la intervención del Ministerio Público es en pro del interés general, el cual se manifiesta, entre otros, en la supremacía de la Constitución Política. No está dirigida en contra de algún grupo de nuestra colectividad. Señores, se trata simplemente de una divergencia jurídica. No se ha dicho en esta sesión cómo la Procuraduría General ha defendido los intereses del sector presente en esta audiencia en torno a pensiones y a la prestación del servicio de salud por enfermedades catastróficas (…) No es cierto que haya discriminación de la Procuraduría. Hay divergencias jurídicas», insistió.

Puntualizando que “nuestro ordenamiento jurídico no establece un derecho de las parejas de igual sexo a casarse”, pues “ni la Constitución, ni la Ley, tampoco la jurisprudencia constitucional han señalado que las citadas parejas tengan derecho a contraer matrimonio”, la viceprocuradora reiteró igualmente que “los jueces y notarios que se niegan a celebrar matrimonios entre personas del mismo sexo no están haciendo cosa distinta que cumplir con la orden impartida por la Corte Constitucional” en la Sentencia C-577 de 2011.

“En concepto del Ministerio Público, la naturaleza del vínculo contractual señalado en el punto quinto de la parte resolutiva de la C-577 es la de un contrato atípico. En otras palabras, no corresponde al negocio jurídico matrimonial”, explicó.

Frente a esta base jurídica y ante las constantes reclamaciones de la comunidad LGBTI sobre su derecho a la igualdad, la viceprocuradora Castañeda Curvelo hizo un contundente llamado al Congreso de la República y el Gobierno Nacional:

“No se menciona que el procurador general exhortó al Congreso de la República a que legisle de manera sistemática y ordenada sobre las materias relacionadas con la uniones maritales de hecho y las parejas del mismo sexo (…) Señor ministro, a través suyo y en esta audiencia exhortamos nuevamente al Gobierno para que con el propósito de evitar una mayor congestión judicial y en busca de la seguridad jurídica, presente al Congreso de la República los proyectos de ley que considere pertinentes para facilitar el debido cumplimiento de los dispuesto en el resuelve quinto de la Sentencia C-577 de 2011 o en su defecto, si lo considera necesario, promueva en el Congreso de la República un proyecto de referendo para que este pueda someter a la voluntad del constituyente primario los asuntos que son objeto de esta decisión judicial”, dijo al señor ministro de Justicia, Yesid Reyes Alvarado.

Finalmente y respondiendo uno de los numerales del cuestionario propuesto por la Corte Constitucional para la dinámica de la audiencia pública, la viceprocuradora general de la Nación señaló que: “consideramos que en la actualidad no es factible para la Corte arrogarse la competencia para definir la titularidad del derecho a casarse de las parejas de igual sexo, ya que podría darse una extralimitación de la Rama Judicial y generar con ello una vulneración al principio funcional de la separación de las ramas del poder público”.

«Excelente audiencia de #MatrimonioIgualitario. Cerramos felices por el trabajo hecho. Quedamos a espera del fallo de Corte Constitucional», reseñó en su cuenta en Twitter Colombia Diversa, tras el debate.