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Restricción de vehículos de carga para el puente festivo “día de la raza”

camionerosEl Ministerio de Transporte publicó la restricción de carga para este fin de semana en el que habrá lunes festivo incluido, correspondiente al Día de la Raza.

En cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 0002307 del 12 de Agosto 2014, en su artículo 2 PUENTES FESTIVOS, se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, que la restricción a aplicar para los vehículos de carga será en las fechas y horas relacionadas a continuación.

DIAS DE APLICACIÓN Y VIAS A NIVEL PAIS

 DÍA

FECHA

HORARIO

VIERNES

(Solo para vehículos que salgan de la ciudad de Bogotá)

9 de octubre

16:00 A 22:00 horas

SÁBADO

10 de octubre

09:00 A 15:00 horas

DOMINGO

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LUNES

12 de octubre

12:00 A 01:00 horas

Vías a restringir:

 

  1. ALTO EL MANZANO – PEREIRA- RIOSUCIO-YE DE CERRITOS-CARTAGO.
  2. ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA
  3. BARRANQUILLA – CARTAGENA (VÍA AL MAR)
  4. BARRANQUILLA-YE DE CIENAGA
  5. BOGOTÁ  – CHOACHI.
  6. BOGOTÁ– CHÍA– CAJICÁ– UBATÉ– CHIQUINQUIRÁ– BARBOSA– SAN GIL– BUCARAMANGA.
  7. BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ.
  8. BOGOTÁ – LA MESA – GIRARDOT.
  9. BOGOTÁ – LA VEGA – VILLETA – HONDA Y CORAN-GUADUAS
  10. BOGOTÁ – TUNJA.
  11. BOGOTÁ – VILLAVICENCIO – ACACÍAS.
  12. BOGOTÁ-LA CALERA-GUASCA-GUATAVITA
  13. BOGOTÁ-MOSQUERA-FACATATIVÁ- SASAIMA- VILLETA
  14. BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE BOLÍVAR-CRUZ DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA
  15. BUCARAMANGA –LA LIZAMA
  16. BUCARAMANGA- SAN ALBERTO
  17. BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA
  18. CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT
  19. CUCUTA-SARDINATA
  20. HATILLO-BARBOSA
  21. HONDA-DORADAL-MEDELLÍN
  22. IBAGUÉ – ARMENIA – LA PAILA
  23. IBAGUÉ-HONDA
  24. MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO
  25. MEDELLÌN – SANTA FE DE ANTIOQUIA.
  26. MEDELLÍN-HATILLO-YARUMAL- CAUCASIA
  27. MEDELLÍN- PRIMAVERA- LA PINTADA- LA FELISA- LA MANUELA
  28. MONTERÍA-CERETE-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLUVIEJO-CRUZ DEL VISO  (BOLÍVAR)
  29. NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT.
  30. NEIVA-GARZÓN-PITALITO-MOCOA
  31. PASTO – CHACHAGÜI.
  32. PUERTO ARAUJO-PUERTO BOYACÁ
  33. RIOHACHA – VALLEDUPAR
  34. SANTA MARTA – RIOACHA
  35. SANTA MARTA- FUNDACIÓN- SAN ROQUE-AGUACHICA
  36. SIBATE- ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGÁ
  37. TUNJA –CHIQUINQUIRÁ
  38. TUNJA-BARBOSA
  39. TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO
  40. VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ
  41. VILLAVICENCIO-CUMARAL

 

NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.

NOTA 1: El viernes 9 de octubre de 2015, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la Ciudad de Bogotá.

NOTA 2: EL lunes 12 de octubre de 2015, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas.

NOTA 3: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por INVIAS.

NOTA 4: La restricción no aplica para los vehículos de carga que transportan carbón térmico desde el Departamento Norte de Santander hacia la Costa Atlántica.

NOTA 5: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.

NOTA 6: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 2307 de 2014, «Por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras disposiciones».

NOTA 7: El Instituto Nacional de Vías – INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI y las CONCESIONES de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizan obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado. No obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantarán algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios.

NOTA 8: Se establece el Puesto de Mando Unificado PMU en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, con la presencia del Ministerio de Transporte, Superintendencia de Puertos y Transporte, INVIAS y ANI. Los datos de contacto son: Teléfono: 320 303 9152 Correo electrónico: ditra.ciesp@policia.gov.co Se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767.