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Las Eps deben asegurar tratamientos para el cáncer aún si la empresa está en liquidación

Deuda de la EPS

Así lo anunció hoy la Corte Constitucional, tras fallar una tutela a favor de una mujer con cáncer de seno, que trabaja para un empresa en liquidación.

La empresa es UNIAPUESTAS S.A.-, en proceso de extinción de dominio y liquidación, que ya que fue excluida del proceso de licitación para proveer el chance como empresa departamental de Juegos, Suerte y Azar en el departamento de Atlántico.

Lo que señaló la corte es ente caso es que es deber de las Eps garantizar el derecho a la salud porque este no debe ser interrumpido por ningún motivo, menos por un trámite administrativo como de extinción de dominio, lo que se busca es que se tenga en cuenta primero al paciente y la gravedad de su enfermedad.

«En ese orden, como quiera que la entidad accionada –UNIAPUESTAS S.A.-, se encuentra en un proceso de extinción del dominio y ad portas de su disolución y liquidación, una vez incautada dicha sociedad por orden de la Fiscalía 38 de la Unidad de Extinción de Dominio, la Sala Octava considera necesario proteger la amenaza del derecho fundamental a la salud de la tutelante, específicamente en su componente de continuidad en el tratamiento de salud que avanza para combatir un tumor maligno, que compromete metástasis en un ganglio linfático», según el mandato de la Corte.

En este caso específico, la Corte ordenó un tratamiento que deberá cumplirse una vez la mujer quede por fuera de la empresa.

«La continuidad en los servicios de salud hace parte del contenido esencial del derecho fundamental. No resulta admisible constitucionalmente que las entidades que participan en el Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS- se abstengan de prestarlo o interrumpan el tratamiento requerido, por razones presupuestales o administrativas, desconociendo el principio de confianza legítima e incurriendo en vulneración del derecho constitucional fundamental” puntualizó la Corte.