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Gobierno colombiano reajusta en $87 el galón de gasolina y reduce en $34 el de Acpm

gasolina–Un reajuste de 87 pesos en el galón de gasolina corriente puso en vigor el gobierno a partir de este martes 5 de abril en el territorio colombiano. Mientras tanto, disminuyó en 34 pesos el precio del galón de Acpm.

El hecho es que el pasado 31 de marzo, el Ministerio de Minas y Energía indicó que los precios de los combustibles, fijados para el mes de marzo se mantendrán vigentes hasta tanto se expidiera una nueva resolución durante el mes de abril.

«Si hay algún cambio al respecto en los próximos días, el Ministerio de Minas y Energía lo comunicará oportunamente a los agentes de la cadena, medios de comunicación y ciudadanía en general», precisó entonces, en el respectivo comunicado.

Pues bien, este martes muy temprano la cartera de Minas y Energía emitió la resolución de modificación de los precios para este mes de abril.

«El Ministerio de Minas y Energía, de acuerdo con lo informado el pasado 31 de marzo, presenta los precios de los combustibles que regirán a partir de hoy 5 de abril», precisa el comunicado.

Y agrega:

«De acuerdo a la nueva resolución, el precio de referencia del galón de ACPM para la ciudad de Bogotá tendrá una reducción de $34, situándose en $7.273. Esto se debe a la disminución en los precios del biodiesel.

«Por su parte, el galón de gasolina presenta un ajuste de $87, fijando el precio de referencia para la ciudad de Bogotá en $7.699. Este comportamiento obedece al alza en los precios internacionales.

El Ministerio de Minas y Energía aplica una política fundamentada en criterios de eficiencia y estabilidad, orientada a garantizar el abastecimiento en todo el país, fortalecer la capacidad adquisitiva de los colombianos y asegurar la competitividad del aparato productivo.

Los precios de referencia de los combustibles para este mes en las distintas ciudades del país, son los siguientes:

COMBUSTIBLES- TABLA

Información para tener en cuenta:

Mediante Resolución No. 181254 del 30 de julio de 2012, el Ministerio de Minas y Energía estableció para 25 zonas del país el régimen de libertad vigilada para la fijación del margen de distribución de los combustibles líquidos. Al respecto, las estaciones de servicio ubicadas en las 25 zonas pueden fijar sus precios libremente y están obligadas a reportarlos al SICOM (Sistema de Información de Combustibles Líquidos).