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Solo habrá segunda instancia para los condenados a partir de abril de 2016: Corte Constitucional

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Luego de que se venciera el plazo otorgado por la Corte Constitucional al Congreso de la República para que se creara un mecanismo que garantizara la doble instancia a los altos funcionarios del Estado, el Alto Tribunal aclaró hoy que las reclamaciones de este tipo solo serán válidas para aquellos sentenciados a partir de abril de 2016.

El Alto Tribunal había determinado que todo aquel condenado en procesos de única instancia, tendría que tener la oportunidad de impugnar la decisión; y por ello pidió al Congreso crear el mecanismo que regulara este procedimiento, lo que generó todo tipo de especulaciones acerca de los condenados que tendrían el derecho a segunda instancia.

De hecho, ya habían perdido vigencia las normas del Código de Procedimiento Penal que impedían a los condenados una revisión de su sentencia.

Si el Alto Tribunal no se hubiera pronunciado, se esperaba que los ya condenados, entre ellos los casos de parapolítica, Agro Ingreso Seguro, Chuzadas y hasta los de la sonada “yidispolítica”, pudieron pedir la segunda instancia.

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