Panorama Nacional

Inpec debe proteger a población LGBTI en las cárceles: Corte Constitucional

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Así lo ordenó este viernes la Corte Constitucional al Instituto Penitenciario y Carcelario, INPEC, para que adopte las medidas que se requieran con el objeto de garantizar los derechos de los miembros de la comunidad LGBTI que ese encuentran presos en las cárceles del país.

La Corte Constitucional consideró que no deben presentarse actos de discriminación en las cárceles en contra de esta población vulnerable, por lo que no deben ser permitidos por parte de las autoridades carcelarias de Colombia.

Según el Alto Tribunal, si algún miembro de esta comunidad solicita ayuda a las autoridades ante amenazas contra su vida y actos de discriminación debe brindárseles de forma inmediata y contundente.

La Corte señaló que: “Habida consideración de la especial relación de sujeción en que se encuentran las personas internas frente al Estado, donde este tiene la obligación de garantizarles a los grupos sociales tradicionalmente discriminados y vulnerables que puedan ejercer a cabalidad sus derechos fundamentales, más aún a las personas con orientaciones sexuales diversas, quienes ‘padecen en el confinamiento la reproducción y maximización de los prejuicios’ que imperan en la sociedad».

La ponencia fue la magistrada Gloria Stella Ortíz, después de conocer el caso de una persona de la comunidad LGBTI recluida en la cárcel La Picota de Bogotá y que expresó la necesidad de ser trasladada de celda porque fue objeto de actos de discriminación y porque intentaron abusarlo sexualmente.

Aunque no hubo certeza de este tipo de hechos, la Corte Constitucional consideró que es competencia del Inpec iniciar las acciones para esclarecer los hechos y realizar una atención integral a las personas que se han sentido de esta forma dentro de las prisiones.

“El INPEC y la Cárcel La Picota adelanten las investigaciones necesarias para esclarecer los hechos y las circunstancias en las cuales fue presuntamente desconocida la libertad sexual y la dignidad de XX, con el objeto de establecer qué fue lo que sucedió y poder así determinar la responsabilidad penal y disciplinaria a que haya lugar», fue la orden de la Corte Constitucional.