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Corte Constitucional tiene en sus manos la suerte de las víctimas de trata de personas

Trata de PersonasColombia es uno de los pocos países en donde por ley y en contravía de los estándares internacionales de derechos humanos, el Estado evade la obligación de prestar asistencia de mediano y largo plazo a aquellas víctimas de trata que no denuncian penalmente.

Desde 2005, cuando se expidió la ley de lucha contra la trata de personas (Ley 985), las organizaciones que conforman la Alianza Colombiana de Organizaciones de la Sociedad Civil contra la Trata de Personas* han pedido que se elimine el requisito de la denuncia porque saben que, independientemente de ella, las víctimas de trata y sus familias necesitan apoyo no solo en el momento en que son identificadas como tales sino también durante un periodo de tiempo más amplio, de modo que puedan recuperarse física y emocionalmente.

“En este momento, la Corte Constitucional tiene en sus manos la suerte de las víctimas de trata pues está estudiando si es necesario o no exigirles que denuncien para recibir la atención que necesitan para rehacer sus vidas. Confiamos en que, acogiendo tanto los más novedosos estándares de derechos humanos como los argumentos de realidad que le hemos presentado las organizaciones de la Alianza, la Corte derogue el requisito y proteja la integridad y la vida de las víctimas”, afirma Carmen Martínez, abogada de Women’s Link y vocera de la Alianza.

A dos días de celebrarse el Día Mundial Contra la Trata de Personas, las organizaciones que conforman la Alianza recuerdan que en el reciente informe sobre trata de personas en el mundo, elaborado por el Departamento de Estado de Estados Unidos, se insta nuevamente a Colombia a ajustar las normas para que se establezca expresamente que las víctimas no necesitan presentar una denuncia contra los tratantes para recibir asistencia.

Así mismo, recuerdan que en la presentación de su último informe ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, este año, la Relatora Especial sobre la Trata de Personas de Naciones Unidas, María Grazia Giammarinaro afirmó que la asistencia a las víctimas de trata no debe estar “supeditada a la iniciación de actuaciones penales ni a su cooperación con las fuerzas del orden”. De igual modo la Relatora resaltó que “hay un acuerdo general en que el derecho a recibir asistencia y apoyo comprende la facilitación de un alojamiento adecuado; servicios de asesoramiento e información; asistencia médica, psicológica y material; y oportunidades de empleo, educación y formación”.

Bety Pedraza, Secretaria Técnica de la Alianza, quien en 2015 fue galardonada con el premio “Héroe en la lucha contra la trata de personas” por parte del Departamento de Estado de Estados Unidos, recuerda que “en muchas ocasiones las víctimas de trata no denuncian porque temen represalias por parte de las redes de trata que las tienen, a ellas y a sus familias, vigiladas y controladas. El Estado no puede exigirles que asuman más riesgos y tampoco puede dejarlas a la deriva como pasa actualmente porque su recuperación física, emocional y social queda a discreción de las autoridades cuando en realidad es una obligación del Estado”.