Cundinamarca

El 23 de agosto vence plazo para que municipios presenten proyectos VIP y VIS

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Alcaldes y secretarios de Planeación de los 116 municipios de Cundinamarca tienen plazo hasta el próximo martes 23 de agosto, a las 3:00 p.m., para presentar predios con miras a la ejecución de proyectos de Vivienda de Interés Social (VIS) y de Vivienda de Interés Prioritario (VIP), de acuerdo con las metas establecidas en el plan de desarrollo Unidos podemos más.

Por ello, el gobernador de Cundinamarca, Jorge Emilio Rey, y el director de la Unidad Administrativa Especial de Vivienda Social de Cundinamarca (UAEVS), Heberth Artunduaga invitan a los interesados en participar del programa, a entregar toda la documentación requerida (general, técnica y jurídica) antes del plazo estipulado.

“Por instrucciones del gobernador Jorge Emilio Rey, se ha abierto esta convocatoria para que los municipios interesados en desarrollar programas de vivienda para ahorradores (VIP y VIS) los presenten y adelantemos conjuntamente su ejecución.

La idea es acompañarlos y asistirlos técnicamente en la identificación, estructuración, gestión, contratación y gerencia de los proyectos habitacionales que deseen construir en los predios de su propiedad, desde su inicio hasta la entrega de las viviendas a los hogares beneficiados”, explicó Artunduaga.

De igual manera, quienes tengan intención de participar en esta convocatoria deberán asistir a la reunión preliminar que se llevará a cabo en la UAEVS el próximo lunes 8 de agosto, a las 10:00 a.m., en la cual se aclararán los términos de la misma, el propósito del programa “Estructuración y gerencia de proyectos de Vivienda de Interés Prioritario (VIP) y de Interés Social (VIP) y los compromisos de cada una de las entidades participantes.

Algunas consideraciones sobre los predios para tener en cuenta:

Deben ser propiedad del municipio o del departamento de Cundinamarca y estar ubicado en zona urbana. Se recomienda no postular para este programa predios en donde se pretendan desarrollar proyectos de vivienda gratuita.

Contar con disponibilidad inmediata de los servicios públicos básicos de acueducto y alcantarillado, acceso a las redes de servicios públicos de energía y de gas natural (en caso de contar con este servicio) y estar a una distancia no mayor de 500 metros de vía principal pavimentada.

Se podrán contemplar predios en zonas de expansión urbana o rural, para lo cual la administración municipal deberá adelantar los trámites de tipo administrativo a que haya lugar que permita el cambio de uso del suelo, dando cumplimiento a las normas vigentes en la materia.

Estar libre de cualquier afectación por ocupación, invasión, limitaciones al dominio, falsas tradiciones, excepto las servidumbres relacionadas con las redes de servicios públicos domiciliarios o de redes de transmisión eléctrica o de combustibles.

No ser vecino, ni colindar, ni estar cerca de infraestructuras de alto impacto como cementerios, PTAR, zonas de aproximación y despegue de aeronaves, depósitos de residuos sólidos urbanos, centrales de sacrificio, centros de reclusión o cárceles, canales de aguas negras, industrias con emisiones contaminantes sonoras, del aire o del agua.