Economía

Superindustria sancionó a siete empresas de seguridad y vigilancia privada

Imagen SuperIndustria
Por violar la libre competencia económica en procesos de contratación pública, la Superindustria sancionó a 7 empresas del sector de la vigilancia y seguridad privada y a 17 altos directivos vinculados con estas, con multas que superan los $26 mil millones de pesos.

Esta decisión hace parte de la lucha frontal del Gobierno Nacional contra la corrupción, en este caso corrupción privada, pues las conductas investigadas NO involucran el comportamiento de funcionarios públicos.

La Superindustria encontró que las 7 empresas sancionadas, conformaron “de facto” o de hecho un Grupo empresarial denominado “Grupo SMG”, el cual es controlado por JORGE ARTURO MORENO OJEDA, por medio del cual manipularon a través de prácticas anticompetitivas, numerosos procesos de contratación estatal con diferentes entidades públicas.

La práctica anticompetitiva sancionada por la Superindustria consistió en que las empresas simulaban ser competidoras independientes en las licitaciones públicas por un valor superior a los $ 70 mil millones de pesos entre el 2009 y el 2012, cuando en realidad actuaban de forma coordinada, concertada y bajo la dirección de su controlante oculto JORGE ARTURO MORENO OJEDA, engañando a las distintas entidades públicas contratantes.

Entre las entidades públicas afectadas por la violación de la libre competencia económica se encuentra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, el ICBF, COLDEPORTES, la FUERZA AÉREA COLOMBIANA, el SENA, EMCALI, así como el Distrito de Bogotá y varios municipios del país.

Las empresas sancionadas por la Superindustria son: (i) GUARDIANES; (ii) STARCOOP; (iii) COBASEC; (iv) CENTINEL; (v) EXPERTOS; (vi) INSEVIG; (vii) SECURITY MANAGEMENT GROUP, todas ellas controladas ocultamente por JORGE ARTURO MORENO OJEDA.

La Superintendencia de Industria y Comercio también sancionó a JORGE ARTURO MORENA OJEDA en su calidad de controlante oculto del Grupo SMG, así como a varios de sus familiares y otros altos directivos de las empresas sancionadas por haber colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado la conducta violatoria de la libre competencia económica.
estas compañías, así:

 

PERSONAS JURÍDICAS
SANCIONADO Sanción
GUARDIANES  $       8.594.403.050
STARCOOP C T A  $       7.026.754.425
COBASEC  $       4.651.305.685
EXPERTOS  $       3.850.882.740
CENTINEL  $          313.529.725
INSEVIG LTDA.  $          157.871.438
SMGP S.A.  $             22.869.227
TOTAL PERSONAS JURÍDICAS  $    24.617.616.290
PERSONAS NATURALES
SANCIONADO Sanción
JORGE ARTURO MORENO OJEDA  $          553.287.750
MARTHA MARLENI FARÍAS DE ORTÍZ  $          232.380.855
CARLOS RAFAEL MORENO CUBILLOS  $          228.692.270
VICTORIA EUGENIA CARDONA LENIS  $          118.034.720
NICOLÁS SPAGGIARI GALLO  $          114.346.135
POLO ÁVILA NAVARRETE  $             44.263.020
STEPHAN EISSNER ESPINOSA  $             36.885.850
SANDRA MILENA ÁLVAREZ ESPINEL  $             33.197.265
ORLANDO BARRIOS GIRALDO  $             22.131.510
CARLOS EDUARDO DÍAZ HERNÁNDEZ  $               7.377.170
HÉCTOR GIOVANNY LÓPEZ ALARCÓN  $               7.377.170
CLARA INÉS ARCINIEGAS MARTÍNEZ  $               4.426.302
NEFTALÍ SÁENZ RIAÑO  $               3.688.585
JORGE ARIEL PALACIO SÁNCHEZ  $               2.213.151
SANDRA MERCEDES RODRÍGUEZ PÉREZ  $               2.213.151
ALEXIS CAMACHO SUÁREZ  $               1.475.434
LILI JOHANA SÁNCHEZ MARTÍNEZ  $               1.475.434
TOTAL PERSONAS NATURALES  $       1.413.465.772
TOTAL SANCIONES  $    26.031.082.062

El caso

En el año 2011, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF puso en conocimiento de la Superintendencia de Industria y Comercio, la presunta ocurrencia de acuerdos anticompetitivos en el marco de la Licitación Pública LP-001 de 2011. El ICBF informó que en el curso de la licitación STARCOOP y GUARDIANES se presentaban como supuestos competidores individuales, cuando en realidad actuaban coordinadamente para que alguna de las dos ganara el proceso licitatorio.

A partir de esta denuncia, la Superindustria analizó el comportamiento de las empresas denunciadas en diferentes procesos de contratación estatal y encontró vínculos de tales empresas de seguridad privada (STARCOOP y GUARDIANES) con otras empresas de seguridad privada aquí sancionadas (COBASEC; CENTINEL; EXPERTOS; INSEVIG y SECURITY MANAGEMENT GROUP). Como consecuencia de tales presuntas relaciones, entre abril de 2012 y febrero de 2013, la Superindustria realizó visitas administrativas de inspección a varias empresas de vigilancia y seguridad privada, y encontró documentos y correos electrónicos con listas e información de procesos de selección contractual ante distintas entidades públicas, que evidenciaban posibles estrategias anticompetitivas encaminadas a la adjudicación de los contratos allí mencionados.

Agotado el trámite administrativo, la Superindustria encontró acreditada la existencia un sistema creado y ejecutado por los investigados tendiente a limitar la libre competencia al participar en procesos de contratación pública simulando ser competidores, independientes y autónomos, cuando en realidad no lo eran, pues obedecían a un mismo interés, sus estrategias eran coordinadas bajo la dirección y control oculto de JORGE ARTURO MORENO OJEDA.

Las entidades afectadas por la violación de la libre competencia

Las entidades públicas afectadas por la violación de la libre competencia económica por parte de las empresas de vigilancia y seguridad privada sancionadas son:

– Fiscalía General de la Nación
– Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF
– COLDEPORTES
– Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA
– Fuerza Aérea Colombiana
– Alcaldía de Barranquilla
– Alcaldía de Chiquinquirá
– Instituto Colombiano Agropecuario – ICA
– Secretaría de Integración Social – Bogotá D.C
– Secretaría Distrital de Planeación – Bogotá D.C
– Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Negro y Nare – CORNARE
– Corporación Autónoma Regional de Chivor – CORPOCHIVOR
– Empresas Municipales de Cali – EMCALI
– Escuela Nacional del Deporte.

Recursos contra la decisión del Superintendente de Industria y Comercio Ad-Hoc

Contra la decisión del Superintendente de Industria y Comercio Ad-Hoc procede recurso de reposición.