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Niegan decreto para emplear a exguerrilleros de las Farc

Este miércoles la Corte Constitucional declaró inexequible el decreto 298 de 2017 que busca la ampliación de la planta de personal de la Unidad Nacional de Protección, UNP y con ello exceptuar al organismo de la prohibición que impide que los gastos en la planta de personal de las entidades públicas no supere, en promedio el 90% de la meta de inflación esperada por año.

Para la Corte hay una violación a la reserva de ley que debía tramitarse como una ley orgánica, por eso volvió a decirle no al decreto del Gobierno Nacional, aun después del concepto positivo del procurador Fernando Carrillo.

En ese sentido la procuraduría dice: «permitir apartar a la UNP de las restricciones previstas en el artículo 92 de la Ley 617 de 2000, norma esta que impone topes al crecimiento de las plantas de personal de las entidades públicas».

El Alto Tribunal le había solicitado al Gobierno dar explicaciones referentes a cuántos agentes de seguridad adicionales requeriría la UNP para cumplir con el Acuerdo de Paz, además, en qué fecha deben empezar a funcionar los esquemas de seguridad para los miembros de las Farc.

Y agrega que: «el principio de los topes al crecimiento de las plantas de personal puede ser flexibilizado cuando existan necesidades de especial importancia como la implementación del acuerdo de paz».