Política

Iniciativa para proteger en salud a las víctimas con agentes químicos

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A las personas atacadas con sustancias corrosivas a la piel, se les considera victimas de enfermedad catastrófica y se les garantizará tratamiento médico y un subsidio de apoyo.

La senadora Ema Claudia Castellanos, perteneciente al Partido Cambio Radical, presentó ante la Secretaría General del Senado de la República, una iniciativa que busca restablecer los derechos en salud de las personas víctimas de ataques con sustancias o agentes químicos, corrosivos a la piel y con ello su adecuada atención.

Según el Decreto 1033 de 2014, manifiesta que se reconocerá a la víctima de ataque con sustancias o agentes químicos corrosivos a la piel, como víctima de enfermedad catastrófica, con lo cual se da lugar a la aplicación de los criterios establecidos en la ley 972 de 2005 y sus modificatorias.

Por tal motivo la congresista afirma en la iniciativa que la incapacidad inicial otorgada por Medicina Legal, a las víctimas de ataques con esas sustancias químicas, deberá ser la correspondiente al tiempo promedio que pueda emplearse en la recuperación y rehabilitación de un paciente en condiciones similares, de acuerdo con los tiempos de tratamiento ya establecidos en las unidades de quemados del país. La incapacidad inicial será con posterioridad refrendada por el médico tratante de la quemadura y la EPS, validando la veracidad del tiempo inicial asignado para la recuperación de la víctima.

La legisladora asevera que el Gobierno Nacional establecerá un subsidio de apoyo para las víctimas, igual a un salario mínimo mensual legal vigente (1SMMLV), siempre y cuando se constate que la persona es cabeza de familia, pertenece a los niveles 1, 2 y 3 del SISBEN y que haya presentado pérdida de su trabajo posterior a la agresión, que además no cuenta con recursos familiares para su manutención, y que tampoco es objeto de otro tipo de subsidios o ayudas por parte del Estado.

Además, agrega que el Ministerio de Salud o a quien éste delegue, le corresponderá determinar la entidad responsable y el procedimiento respectivo para acceder al subsidio. “La duración del subsidio será de máximo cuatro meses, la víctima beneficiaria podrá solicitarlo en cualquier momento, siempre y cuando se encuentre todavía en tratamiento. Éste será prorrogable por única vez, en un tiempo igual al establecido inicialmente y que el tratamiento no se haya suspendido”. Ratifica la senadora en el proyecto de Ley.

A partes del proyecto:

La iniciativa contempla que si posterior al tiempo de tratamiento, el médico tratante y un equipo interdisciplinario de la EPS, determina la incapacidad laboral permanente o de por vida, fruto de la agresión con una sustancia corrosiva a la piel, la persona será incluida por el Gobierno dentro de los planes de atención a la población con discapacidad del país.

Asimismo, señala que existirá negación o pérdida del acceso al subsidio de comprobarse que el beneficiario participó del mismo delito del cual es víctima o conexos. El Ministerio de Salud garantizará el acceso a los insumos, procedimientos y tecnologías que el médico tratante o especialista requiera para atender oportunamente a una víctima de ataque con sustancias o agentes químicos corrosivos a la piel.

De la misma manera muestra que la EPS o la entidad que ejerza sus funciones garantizarán al afiliado en menos de 24 horas todo lo solicitado por el médico tratante para su atención, desde insumos, procedimientos médicos y tratamientos alternos, a partir del momento en que es solicitado por el profesional médico, sin perjuicio de la etapa del proceso en que el paciente se encuentre.

Sostiene de manera muy clara que por ningún motivo la EPS o la entidad que ejerza sus funciones podrán suspender el tratamiento, negar procedimientos, o retrasarlos. El Ministerio de Salud verificará que las EPS o la entidad que ejerza sus funciones garanticen las condiciones de continuidad de todo el tratamiento incluido procedimientos ordinarios y alternos, avalados y supervisados desde las Unidades de Quemados del País.

El Ministerio de Salud se encargará de fortalecer y apoyar las Unidades de atención de quemados del sistema de salud público del país, con mayor infraestructura, tecnología e inversión, teniendo en cuenta que atienden condiciones graves de salud, y además son centros importantes de aprendizaje y enseñanza médica especializada. El proyecto también argumenta que el Gobierno Nacional deberá establecer las alianzas público y privadas, nacionales e internacionales necesarias para el acceso a tecnologías e insumos requeridos para el efectivo tratamiento de las víctimas.

Casos excepcionales:

Las víctimas atacadas, como caso excepcional, por más de una ocasión bajo la modalidad de este delito, entrarán a formar parte de los planes de seguridad y protección amparados y brindados por el Estado.

Que el Ministerio de Salud consolidará anualmente un Informe Único con el Total de las víctimas por este delito, y la Superintendencia Nacional de Salud será responsable de presentarlo anualmente ante la Comisión Séptima de Senado, dando cuenta, además, de las quejas presentadas por irregularidades en el Sistema de Salud que atiende a estas víctimas.