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Proponen al Gobierno vender activos no estratégicos para superar déficit presupuestal

Jorge Humberto Botero, presidente de Fasecolda, señaló que esta sería una opción para cubrir el déficit de 14 billones del Presupuesto General del próximo año, considerando que el Gobierno debería contemplar la venta de algunos activos que no son considerados estratégicos.

Botero indicó que: «el Gobierno tiene un portafolio amplio de inversiones empresariales que han dejado de ser estratégicas como hidrocarburos, transporte aéreo, telecomunicaciones e incluso servicios financieros, y hay voluntad por parte de actores particulares de invertir”.

Y agregó que: “De la misma manera que en el pasado nos salimos por ejemplo de la producción de siderurgia y del ensamble de automóviles con recursos públicos, hay que abandonar estas inversiones actuales para usar esos recursos a fin de apalancar el crecimiento de la economía nacional, invirtiendo por ejemplo en infraestructura”.

También sostuvo el dirigente gremial que el Ministerio de Hacienda debe evaluar las acciones que tiene el Gobierno.

Y añadió que: “Yo creo que hay que hacer una evaluación rigurosa de ese portafolio y seguramente el Ministerio de Hacienda tendrá como una de sus prioridades del año entrante, ver de qué manera contribuye a generar recursos nuevos a través de mecanismos como estos”.

Botero manifestó: “no se trata de vender activos para gastarnos esos recursos, sino para invertirlos de una manera más productiva desde el punto de vista no solo económico sino social”.

El presidente de Fasecolda ya había propuesto enjulio pasado, vender la totalidad de las acciones que posee en Ecopetrol.

Según la entidad, han expuesto ante los congresistas y los funcionarios del Gobierno sus conceptos acerca de la polémica ley de financiamiento.

1. Gravamen a los recursos de la Seguridad Social en los ramos de vejez, invalidez y muerte
Los aportes que realizan los afiliados al Sistema de Ahorro con Solidaridad que manejan los fondos de pensiones (AFPs) tienen dos propósitos diferentes: (I) La porción mayoritaria se destina a nutrir sus cuentas de ahorro individual; con esos aportes y sus rendimientos se financian, cumplidos ciertos requisitos, las pensiones de retiro de los afiliados a ese régimen que, en la actualidad, son 6,2 millones de trabajadores activos y 142.000 ya pensionados. (II) Una fracción menor, que no puede exceder del 3% de la cotización, se destina a gastos de administración y a la adquisición de los seguros de invalidez y muerte.

De este modo, si el trabajador afiliado llega a la edad de retiro podrá pensionarse con el respaldo de sus propios ahorros y, eventualmente, con un aporte del Estado. Por el contrario, si se invalida o muere prematuramente, él o sus beneficiarios recibirán una pensión vitalicia. A su vez, esas prestaciones se atienden por las compañías de seguros con las reservas que se forman con los aportes de los trabajadores cotizantes.

La ponencia para primer debate mantiene dos propuestas que consideramos inconvenientes:

La eliminación de las exenciones del impuesto de renta de las sumas destinadas al pago de los “seguros de invalidez y sobrevivientes”.
La eliminación de las exenciones del impuesto de renta hoy existentes con relación a las reservas con que las aseguradoras atienden sus obligaciones.
Ambas propuestas son contrarias a la Constitución, la cual prohíbe utilizar recursos propios de la Seguridad Social para fines distintos a ella; implica gravar los ahorros que millones de colombianos han aportado para financiar sus pensiones de retiro; y ponen en jaque la capacidad de las compañías de seguro para afrontar los riesgos de invalidez y muerte prematura. Lo anterior con el agravante que muchas personas no alcanzarían, bajo este nuevo escenario, a completar el capital necesario para lograr su pensión. En el fondo, se trata de una reforma al sistema pensional que agrava las muchas fallas de las que en la actualidad adolece.

2. Gravamen a las indemnizaciones provenientes de seguros de Vida

La ponencia para primer debate propone “gravar las indemnizaciones por seguros de vida, incluyendo el componente de ahorro, estará gravadas con la tarifa aplicable a las ganancias ocasionales” que excedan cierta cuantía.

Creemos equivocado y dañino este impuesto por dos razones: (I) Carece de lógico imponer tributos a unos pagos a los que se reconoce carácter indemnizatorio; ellos resarcen el daño padecido por los beneficiarios del seguro por la muerte de la persona asegurada, no los enriquecen; (II) gravar el componente de ahorro que caracteriza a ciertos seguros de vida, tendría el posible efecto de impedir la oferta de tales productos. Ello sería tan grave como imponer tributos a las cuentas de ahorro en los bancos y otras instituciones financieras. Si aquellos productos son gravados, ¿por qué no estos últimos?

Téngase en cuenta que el seguro de Vida busca, de ordinario, proteger el bienestar de los hogares en el caso de que la persona asegurada falte.