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Proyecto de Ley endurece sanciones para las EPS que no le cumplen a los usuarios

Radio Santa Fe CM

La Cámara de Representantes dio luz verde al Proyecto de Ley 198 de 2018 Senado, 252 de 2018 Cámara, “por la cual se adicionan y modifican algunos artículos de las leyes 1122 de 2007 y 1438 de 2011, y se dictan otras disposiciones”.

El proyecto, en el que Jennifer actuó como coordinadora ponente, busca fortalecer la capacidad institucional de la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) en materia sancionatoria, redefinir sus funciones, y modificar los términos procesales en lo que respecta a la función jurisdiccional y de conciliación que le competen a la entidad.

Con ese fin, la iniciativa plantea tres ejes: Endurecimiento de las medidas de control; Especialización y concentración, y Adopción de nuevas facultades.

Sobre el primero, se propone la adopción de un catálogo de sanciones para las entidades que no garanticen la prestación de los servicios médicos a los usuarios, que va desde la amonestación escrita hasta la remoción del representante legal o revisor fiscal, con una inhabilidad de 10 años.

Para esas mismas se contempla la suspensión total o parcial de la autorización de funcionamiento y el cierre temporal o definitivo de algunos servicios, así como multas que se mueven en el rango de los 200 y 8.000 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV), registrando un aumento de 5.500 SMMLV con relación a la multa máxima que podría ser aplicada en la actualidad.

Para el caso de las personas naturales, el proyecto plantea que las multas pasen del rango de los 10 a los 200 SMMLV a uno que va de los 50 a los 1.000 SMMLV.

Así mismo, el proyecto incluye nuevas conductas sancionables como: no reportar información con calidad, cobertura, oportunidad, pertinencia, fluidez y transparencia; obstruir las funciones de inspección, vigilancia y control; incumplir los compromisos obligatorios de pago producto de las mesas de saneamiento de cartera u otros acuerdos de pago; no brindar un diagnóstico oportuno a los usuarios; aplicar descuentos directos, e Incumplir los planes de mejoramiento.

“Estamos de acuerdo en que deben ser más severas las multas para las EPS que no brinden al usuario el total de los servicios contratados. Es su deber garantizar una atención oportuna y de calidad a los colombianos” expresó Jennifer.

La iniciativa también propone la especialización y concentración de la entidad en asuntos que tengan exclusiva relación con la salud, argumentando que solo dos de los siete asuntos de competencia de la Función Jurisdiccional involucran ese tema, y los otros cinco involucran temas económicos.

“La Superintendencia ha excedido su capacidad y solo el 7% de los procesos que adelanta involucran la salud del usuario, en cambio los temas económicos representan el 70% de estos” explicó la representante.

Finalmente, a la Supersalud se le otorgan nuevas facultades de inspección, vigilancia y control, y se le faculta para emitir instrucciones contables a sus vigilados, frente al reconocimiento, presentación y revelación de los estados financieros.

Este proyecto que ya fue aprobado por la plenaria de la Cámara de Representantes, ahora será debatido en el Senado de la República, y luego pasará a sanción presidencial.

La Superintendencia de Salud reportó el último ranking de las EPS de acuerdo con el número de quejas y reglamos por mal servicio, correspondiente al mes de noviembre.

Para el informe la Supersalud calcula la tasa por cada 1.000 afiliados, esto se hace con el objetivo de contar con un coeficiente que refleje de forma clara la información.

Aclara que el cálculo por cada 1.000 o 10.000 afiliados no afecta la posición de la vigilada en el informe.

A continuación, se presenta el listado de las EPS con mayor número de peticiones, quejas, reclamos o denuncias (PQRD)?, según el número de afiliados:

Listado de las EPS con mayor número de PQRD, según el número de afiliados