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Corte Interamericana negó las medidas cautelares solicitadas por Gustavo Petro

La Corte Interamericana de Derechos Humanos – CIDH, desestimó los argumentos de la defensa del senador Gustavo Petro, en el marco del caso donde el ex alcalde de Bogotá pedía medidas provisionales para la protección de sus derechos, ante el riesgo de perder su asiento en el Congreso de la República.

Petro Urrego solictó las medidas cautelares ante el organismo internacional, luego que la Contraloría le impusiera multas por más de 217 mil millones de pesos, por el polémico cambio al esquema de aseo en Bogotá, además de los cambios de tarifas, en hora valle y hora pico, en Trasnmilenio y el SITP durante su alcaldía.

La multimillonaria sanción, generó todo un debate jurídico en el país sobre si esta responsabilidad fiscal puede constituir una inhabilidad para ocupar cargos públicos, como su actual curul de senador, razón por la cual la defensa de Petro arguyó que su investidura estaba en riesgo, situación que se agravó en octubre del 2018, cuando la Corte Constitucional ratificó que estar en deuda con el Estado sí es una causal de inhabilidad.

Al ver en riesgo su curul como senador, los abogados de Gustavo Petro pidieron a la Corte Interamericana de Derechos Humanos medidas cautelares, en el marco del proceso de la demanda que entabló el excandidato presidencial de la Colombia Humana contra el Estado, por la destitución que dictó en su contra el entonces procurador Alejandro Ordoñez, y por las multas que le impuso la Contraloría.

Pero el pasado 6 de febrero, la CIDH emitió un fallo que desestimó los argumentos de la defensa de Petro, al señalar que aún le quedan otras instancias para proteger sus derechos, y consideró además que no está en riesgo de inhabilidad o de pérdida de investidura, por las investigaciones en el caso de las basuras en Bogotá.

«Es decir, el tribunal no ha sido informado si alguna de las decisiones adoptadas o alguno de los procedimientos instituidos en este momento en su contra tiene la virtualidad de generar su destitución, pues no consta que ésta pueda ser oficiosamente ordenada o que sea un efecto automático de tales decisiones. Adema?s, en este momento no existe investigación alguna, ni proceso penal en curso, en su contra por el delito de elección ilícita de candidatos, situación que, por otra parte, no corresponderi?a al caso en estudio por haber sido objeto de designación y no por elección popular», señala el fallo de la CIDH.

La decisión agrega que «a Corte considera que, por el momento, no ha sido demostrada la configuracioón de los elementos de extrema gravedad y urgencia que permitirían considerar la necesidad de ordenar medidas provisionales en los términos del artículo 63.2 de la Convención, por lo que la solicitud de medidas provisionales debe ser desestimada».

Aquí puede descargar el texto completo del fallo de la CIDH en el caso de Gustavo Petro: demanada petro

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