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Decisiones en el trámite de garantía de no extradición puedan ser apeladas: JEP

Sede de la JEP
–La Jurisdicción Especial para la Paz, a través de la Sección de Apelación, acogió la tesis de la Procuraduría General de la Nación para que las decisiones tomadas dentro del trámite de la garantía de no extradición puedan ser apeladas.

El ministerio público estableció que el fallo de tutela del Tribunal para la Paz le da la razón al Ministerio Público para que decisiones de la Sección de Revisión en el caso de Pedro Luis Zuleta Noscué, tengan una segunda instancia.

En su fallo la Sección de Apelación le dio la razón al Ministerio Público y declaró que la Sección de Revisión no es el órgano de cierre de la Jurisdicción Especial para la Paz –JEP-, en el trámite de la garantía de no extradición, y sus decisiones podrán ser revisadas en segunda instancia.

A juicio de la Procuraduría la negativa de la Sección de Revisión amenazaba de forma clara derechos fundamentales al debido proceso y a la doble instancia, lo que obligaba a acudir a la tutela para conseguir el amparo ante el agotamiento de las vías ordinarias que permitieran proteger las garantías constitucionales.

La sentencia resaltó la urgencia y necesidad de garantizar la doble instancia, por considerar que, como lo advirtió la Procuraduría, de mantenerse la posición de la Sección de Revisión se estaría dando una violación directa de la Constitución.