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Corte define que bienes no inventariados de Farc quedarán a disposición de la Fiscalía

Foto: FARC

Este jueves la Corte Constitucional resolvió que la administración de los bienes no inventariados de la guerrilla de las Farc, luego de la firma del acuerdo de paz, son competencia de la Fiscalía General y no de la Jurisdicción Especial de Paz.

Un aparte de la sentencia de la Corte señala que: “Tanto el acto legislativo, como el decreto ley atribuyen competencia a la Jurisdicción Ordinaria para conocer de la acción penal por hechos punibles cometidos respecto de bienes no incluidos en el inventario, con actos de ejecución posteriores a la entrega definitiva del inventario (acto legislativo) o, lo que es lo mismo, excluyen la competencia de la Jurisdicción Ordinaria para conocer de la acción penal exclusivamente por los mismos hechos, con actos de ejecución anteriores a la entrega del inventario (decreto ley)”.

Dicha discusión se dio después de una decisión de la JEP en la que le ordenó a la Fiscalía entregar un informe acerca de los bienes que fueron descubiertos después del 15 de agosto de 2017 fecha límite para entregarlos.

Al respecto, Néstor Humberto Martínez, fiscal de la nación, calificó como «improcedente» la determinación. Señaló que cualquier bien encontrado después de la fecha límite, tendría que recibir tratamiento de la legislación ordinaria y ser objeto de extinción de dominio.