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Pasa a último debate en Senado proyecto que restringe porte y consumo de drogas y licor en parques y espacios públicos

Los jibaros
–De manera unánime, la Comisión Primera del Senado aprobó el proyecto de ley que restringe el consumo de estupefacientes y alcohol, en espacios públicos, como parques, sitios aledaños a colegios y zonas comunes de los conjuntos residenciales.

La iniciativa, de autoría de los congresistas Rodrigo Lara (Cambio Radical) y Carlos Acosta (Colombia Justa Libres), busca la protección prevalente de los derechos de los niños, mediante la imposición de medidas de carácter penal y correctivo, con el fin de atacar el consumo, distribución y porte de sustancias psicoactivas en el espacio público, particularmente en lugares frecuentados por menores de edad y sus zonas aledañas, tales como instituciones o centros educativos, parques regionales, zonales y de bolsillo y zonas comunes de propiedad horizontal. Igualmente, busca dotar de herramientas tecnológicas a la Policía Nacional y en especial a la Policía de Infancia y Adolescencia, para vigilar y controlar el expendio de dichas sustancias en esos lugares.

En este sentido, los códigos Nacional de Policía y Convivencia, de la Infancia y la Adolescencia y el Penal consagran diferentes reglamentaciones, con el fin de proteger a los menores de edad y garantizar sus derechos y busca evitar el consumo, el porte y la inducción al consumo de drogas o sustancias psicoactivas. Sin embargo, el fallo emitido por la Corte Constitucional dejaba sin piso las medidas que se habían determinado para prohibir el consumo en zonas públicas y en particular en los sitios que frecuentan los menores de edad como los parques, establecimientos educativos y áreas comunes en sus sitios de residencia.

Es así como la iniciativa que ahora pasará a su última etapa de aprobación a la plenaria del Senado, el próximo jueves, establecerá parámetros de convivencia y vigilancia del consumo, porte y distribución de sustancias psicoactivas en lugares habitualmente concurridos por menores de edad como entornos escolares y espacio público.

Las medidas que se adoptarían como sanciones a los infractores, señala el proyecto, serían multas económicas, destrucción de las sustancias y los infractores tendrían que asistir a un programa comunitario o de actividad pedagógica de convivencia. En caso de reincidencia, serían objeto de arresto por 24 horas, para mayores de edad. Es de señalar que también se propone restringir el porte de la dosis mínima de drogas en dichos lugares, como medida de prevención.

Así mismo, en los departamentos, municipios y distritos se podrán crear entidades responsables de la administración, desarrollo, mantenimiento y apoyo de áreas circundantes a centros educativos y parques, con especial atención al desarrollo de políticas de seguridad para parques, plazoletas y entornos de instituciones educativas de enseñanza preescolar, básica y media, para lo cual deberán coordinar con las autoridades de policía esquemas de vigilancia, a través de cámaras de televisión que operarán durante las 24 horas del día, con el fin de evitar el expendio y consumo, incluso de la dosis personal, de las sustancias psicoactivas que hayan sido establecidas previamente como fiscalizadas por el Ministerio de Salud y Protección Social o la entidad que haga sus veces y reglamentada por el Consejo Nacional de Estupefacientes.

Por su parte, el Ministerio del Interior, a través del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia (Fonsecon), o quien haga sus veces, gestionará de la mano de los entes territoriales, la instalación y mantenimiento de cámaras de seguridad.

A su vez, les corresponderá a los alcaldes establecer las restricciones y excepciones al consumo de sustancias psicoactivas en los lugares públicos, los cuales, además, deberán contar con una delimitación visible para los ciudadanos, informando del espacio restringido. Dicha reglamentación deberá realizarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia de la Ley.

Ahora el proyecto pasa a su última exposición ante la plenaria de Senado para su aprobación y luego será sancionado por el Presidente de la República, para su próxima aplicación en todo el territorio nacional. (Prensa Senado).