Nacional

Corte Suprema confirma pensión de sobreviviente de cónyuge a mujer que debió separarse por ser víctima de maltrato

Corte Suprema de Justicia
–La Corte Suprema de Justicia confirmó la decisión adoptada por un juzgado laboral de Medellín en la cual le otorgó el derecho a la pensión de sobreviviente de su cónyuge a una mujer que debió separarse de este por ser víctima de maltrato intrafamiliar.

De acuerdo con la sentencia de la Corte, la mujer tiene derecho a la pensión de sobrevivientes de cónyuge, a pesar de no convivir con él en el momento de su muerte, pues la falta de cohabitación se originó en los malos tratos del esposo.

El proceso se originó en la demanda ordinaria que presentó Luz Elena Roldán Yepes en contra del Instituto Colombiano de los Seguros Sociales, con el fin de obtener reconocimiento de la pensión de sobreviviente derivada del fallecimiento de su cónyuge, Fabio de Jesús Montoya Chaverra, desde el 7 de septiembre de 2004, junto con las sumas dejadas de percibir por ese concepto debidamente indexadas.

La entidad convocada al proceso se opuso a la prosperidad de las pretensiones de la demanda, argumentando que los hechos no le constaban y arguyó que la demandante no cumplía con los requisitos de ley debido a que estaba suficientemente probado el hecho de que se había separado de su fallecido cónyuge, desde hacía varios años.

Estos son apartes fundamentales de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia: