Se acaba la “responsabilidad solidaria” en las fotomultas. Corte pide que el sistema identifique físicamente al infractor
Con una votación de 5 contra 4, la Corte Constitucional tumbo la llamada responsabilidad solidaria en las fotomultas, al determinar que era inviable que se le adjudicaba el comparendo al dueño del vehículo aunque este no hubiese cometido la infracción.
Sin embargo, y según explicó el magistrado ponente, Alejandro Linares, el sistema de fotomultas sigue como está actualmente, pero ya no existirá más la “responsabilidad solidaria” que obligaba al dueño del vehículo a responder por la infracción así no la hubiera cometido.
Según la Corte, es necesario que el sistema identifique físicamente al infractor.
“El sistema de fotomulta debe identificar quién comete la infracción. Es muy importante identificar a través de la tecnología quién comete la infracción. No se puede imponer responsabilidad sancionatoria sobre la persona que no ha cometido la falta”.
El Alto Tribunal determinó que es el infractor y no el dueño del carro quien debe responder por la fotomulta.
La Corte declaró Inexequible una disposición legal que establecía la responsabilidad solidaria entre el conductor y el propietario del vehículo por infracciones de tránsito. El sistema de fotomultas se mantiene vigente para los infractores de las normas de tránsito. pic.twitter.com/rh8cGv5MuQ
— Corte Constitucional (@CConstitucional) February 6, 2020