Política

Gobierno agiliza adquisición de dispositivos médicos y de protección personal en mercado internacional

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El Decreto 544 de abril de 2020 se expidió tomando en cuenta la urgencia e inmediatez con la que se necesitan estos elementos y dispositivos para afrontar la emergencia derivada de la pandemia. En tal sentido, adopta medidas que facilitan la contratación estatal para su adquisición en el exterior.

La norma incluye elementos biomédicos como analizadores de muestras, ventiladores, desfibriladores y cilindros de oxígeno, entre otros. También mobiliario como camas hospitalarias y camillas de transporte. Así mismo, reactivos de diagnóstico in vitro, como son las pruebas moleculares para diagnóstico del virus.

Igualmente, dispositivos médicos (algodón, gasa, toallas), equipo de protección personal (batas, gafas protectoras, mascarillas) y medicamentos, como aire medicinal y oxígeno.

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 544 del 13 de abril de 2020, a través del cual se agiliza la adquisición en el mercado internacional de dispositivos médicos y elementos de protección personal, cuya utilización esté relacionada con la prevención, contención y mitigación de los efectos del covid-19.

La norma se expidió tomando en cuenta la urgencia e inmediatez con la que se necesitan estos elementos y dispositivos para afrontar la emergencia derivada de la pandemia. En tal sentido, adopta medidas que facilitan la contratación estatal para su adquisición en el exterior.

Al respecto, el Decreto 544 establece que los contratos que tengan por objeto la adquisición en el mercado internacional de estos dispositivos médicos y elementos de protección personal “no se regirán por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y, en consecuencia, le serán aplicables las normas de derecho privado, con independencia de que los mismos sean suscritos con personas naturales o jurídicas extranjeras”.

De esta manera, las entidades estatales quedan facultadas a contratar directamente con las personas extranjeras, naturales o jurídicas, que provean dichos bienes o servicios.

A su vez, precisa que las personas extranjeras que contraten con las entidades estatales no requieren domicilio ni sucursal en Colombia para celebrar los negocios.

Estas medidas regirán desde el 16 de abril de 2020 y estarán vigentes por el tiempo en que se mantenga la Emergencia Sanitaria decretada con ocasión del covid-19.

Bienes vitales para la atención y protección en salud

Según el Decreto, los dispositivos y elementos que se requiere adquirir corresponden a un tipo bienes vitales de atención y protección en salud, de difícil sustitución, cuya exigente demanda genera condiciones asimétricas entre oferentes y demandantes.

La medida incluye la adquisición de elementos biomédicos como analizadores de muestras, ventiladores, desfibriladores y cilindros de oxígeno, entre otros.

También mobiliario como camas hospitalarias y camillas de transporte, al igual que reactivos de diagnóstico in vitro como son las pruebas moleculares para diagnóstico del virus.

Igualmente, dispositivos médicos (algodón, gasa, toallas), equipo de protección personal (batas, gafas protectoras, mascarillas) y medicamentos, como aire medicinal y oxígeno.

Lista

Los siguientes son los dispositivos médicos y elementos de protección personal incluidos en el Decreto 544:

• Equipos biomédicos

Analizador de orina

Analizador de sangre

Aspirador de secreciones

Bomba de infusión

Broncoscopio

Cama cuna hospitalaria pediátrica

Cama hospitalaria

Cámara cefálica

Centrífuga

Cilindro para oxígeno

Concentrador de oxígeno

Desfibrilador

Ecógrafo con transductores

Electrocardiógrafo

Elementos de protección radiológica adulto o pediátrico

Equipo de gases arteriales

Equipo de química sanguínea

Equipo de Rayos X fijo

Equipo de Rayos X pórtatil

Flujómetro

Fonendoscopio

Glucómetro

Humidificador

Laringoscopio / Videolaringoscopio

Máquina de anestesia

Monitor de signos vitales

Monitor de signos vitales de transporte

Nebulizador

Nevera para transporte de muestras con termómetro

Oxímetro de pulso

Pipeta

Sistema de monitoreo de gasto cardiaco

Sistemas de presión positiva continúa en vía aérea (CPAP)

Tensiómetro

Termómetro

Tomógrafo

Ventilador de paciente

Ventilador de transporte

• Mobiliario

Biombos

Cama hospitalaria

Camillas de transporte

Carro de paro

Colchones para uso hospitalario

• Reactivos de diagnóstico In vitro

Prueba de RT-PCR para SARS-CoV-2/COVID-19

• Dispositivos médicos

Algodón laminado de uso hospitalario

Bolsa para residuos hospitalarios

Cánulas de Guedel

Cánulas orofaríngeas, nasofaríngea y nasales

Circuitos de ventilación y de máquina de anestesia, con sus accesorios

Extensión de tubo de oxígeno para terapia

Gasa estéril y no estéril

Guardián para objetos cortopunzantes

Guras para intubación

Hisopo para toma de muestra

lntercambiador de tubo

Kit de cricotiroidotomia

Kit de traqueostomía

Máscara para ventilación no invasiva

Máscaras laríngeas, venturi y para oxígeno

Medio para transporte de muestras virales

Recipiente de transporte de muestras

Resucitador pulmonar manual

Set de infusión

Toallas de papel para secado de manos

Tubo endotraqueal

Tubo torácico

• Equipo de protección personal (EPP)

Bata médica

Delantal

Gafas protectoras

Gorros

Guantes de látex y de nitrilo no estériles

Guantes estériles

Mascarilla N95 y respiradores FFP2 o FFP3

Mascarilla quirúrgica (tapabocas)

Mascarillas con filtro

Polainas

Protector facial: caretas o visores

Ropa hospitalaria desechable

Ropa quirúrgica estéril

Tela no tejida como materia prima de EPP

Trajes de bio-protección

• Medicamentos

Aire medicinal en todas las presentaciones

Oxígeno medicinal en todas las presentaciones