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Por actos sexuales abusivos, destituyen e inhabilitan a docente de Calarcá, Quindío

Radio Santa Fe CM

La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general por 15 años al docente de la Institución Educativa Jesús María Morales de Calarcá (Quindío), sede Puerto Rico, Byron Guinand Arias (2017), por la comisión de actos sexuales abusivos con un menor de 14 años.

Se demostró que el profesor de segundo grado lesionó la integridad sexual de su alumno, a quien aprovechando su autoridad y confianza como docente llevó al baño para tocar sus genitales y en vista de su estado de indefensión lo sometió a ocultar lo sucedido.

Para el ente de control el educador incumplió su deber de tratar con respeto a un estudiante cuya madurez sicológica y desarrollo físico aún estaban en formación, y por tanto no tenía la conciencia suficiente para afrontar sus actos ni las consecuencias que estos generaban.

A juicio de la Procuraduría, Guinand Arias alteró el normal desarrollo de la población estudiantil, sin tener en cuenta que se trataba de un grupo vulnerable que goza de especial protección, como lo es la infancia y la adolescencia.

En el fallo de primera instancia la Procuraduría Regional Quindío calificó la falta como gravísima a título de dolo, por considerar que el funcionario tenía plena capacidad de comprender la ilicitud de su comportamiento contrario a la moral.

Recordó el Ministerio Público que los menores gozan de protección especial, y por ello, la Constitución Política y los tratados y convenios internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño “son unívocos en la consagración de garantías y beneficios que protegen con especial esmero a los menores de edad durante la fase de transición de la infancia a la adultez.

Con esta conducta el disciplinado incumplió el artículo 18 del Código de la Infancia y la Adolescencia que señala que “los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra todas las acciones (…) que causen (…) daño o sufrimiento físico, sexual (…). En especial (…) a la protección contra el maltrato y los abusos de toda índole por parte de (…) los miembros de su grupo familiar, escolar y comunitario”.

Contra la presente decisión el defensor del docente interpuso recurso de apelación que será resuelto en reparto por la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa.