Política

Corte Constitucional tumbó tasa para financiar procesos de consulta previa

Sesión de Corte Constitucional
–La Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 161 de la Ley 1955 de 2019, relacionado con el pago a cargo del interesado y a favor del Ministerio del Interior de una tasa por los servicios de coordinación de una consulta previa.

La Corporación encontró que no existía relación alguna entre el cobro de la tasa creada y el contenido de otras normas sustanciales previstas en el Plan Nacional de Desarrollo.

Así mismo indicó que a pesar de ser una norma de carácter tributario y con vocación de permanencia, el Gobierno Nacional no había justificado mínimamente su necesidad para alcanzar alguno de los pactos de la Ley del Plan.