Judicial

Ordenan a la sociedad Asesores Jurídicos e Inmobiliarios Remates y Cesiones S.A.S. suspender las actividades de captación no autorizada de dinero

La Superintendencia Financiera de Colombia – SFC ordenó a la sociedad Asesores Jurídicos e Inmobiliarios Remates y Cesiones S.A.S. y a la señora Tatiana Andrea Vásquez, en su calidad de representante legal, la suspensión inmediata de las operaciones de captación o recaudo no autorizado de dineros del público.

La medida, adoptada mediante la Resolución 1197 del 24 de diciembre de 2020, ordena además la devolución inmediata de los recursos captados ilegalmente e imposibilita a la mencionada sociedad y a su representante legal para realizar operaciones de captación o recaudo no autorizado de dineros del público en forma masiva y mediante cualquier modalidad, ya sea directamente o por medio de otras personas naturales o jurídicas.

La Superintendencia Financiera estableció que el modelo comercial mediante el cual dicha sociedad captó recursos del público sin autorización, consistía en ofrecer la posibilidad de adquirir inmuebles que se encontraban en procesos de extinción de dominio o eran objeto de procesos ejecutivos mediante la celebración de contratos de cesiones de crédito o de compra venta.

En éste, Asesores Jurídicos e Inmobiliarios Remates y Cesiones S.A.S. asumía con sus clientes la obligación de devolver el capital entregado más un 10% del valor aportado a título de “Cláusula Penal”; así, de acuerdo con dicho esquema, en caso de que no se diera el objeto establecido en el contrato, los clientes tendrían la devolución total del capital aportado más una suma adicional que representaba una rentabilidad.

Como otra modalidad de negocio, la sociedad, bajo la figura de “mandato de inversión” recibía recursos de los clientes con un compromiso de pago de rentabilidades de hasta un 20% sobre el valor entregado en períodos que oscilaban entre cuatro y seis meses.

Al 30 de octubre de 2020 la sociedad tenía obligaciones con por lo menos 24 personas por un total de $ 3.580.528.618, las cuales se encontraban vigentes a la fecha de adopción de la medida.

De acuerdo con la información obtenida por esta Superintendencia, las sumas de dinero recibidas por la sociedad con ocasión de los mencionados contratos no fueron usadas – en ningún caso -, para la compra de los derechos de crédito sobre los inmuebles descritos en los acuerdos o en la adquisición directa de los inmuebles ofrecidos en venta.

De hecho, no existió evidencia de gestión alguna por parte del sujeto de la medida para cumplir el objeto de los contratos, como tampoco se logró establecer el desarrollo de una actividad económica que le generara ingresos que le permitieran cumplir con la obligación pactada de devolver el dinero recibido más la rentabilidad prometida.

La Superintendencia Financiera remitió copia de la medida, entre otras autoridades, a la Superintendencia de Sociedades para la correspondiente intervención y a la Fiscalía General de la Nación con el fin de que se adelanten las investigaciones en materia penal.