Justicia Noticia Extraordinaria

Pirámides: Intervienen a otras dos firmas y 4 personas naturales

0004copia10–Otras dos empresas y 4 personas naturales fueron intervenidas este lunes por la Superintendencia Financiera, por hacer captaciones masivas ilegales de dineros, afines a las llamadas pirámides. La medida fue adoptada en momentos en que unos veinte clientes de DMG adelantan una huelga de hambre en una carpa instalada en la Avenida Jimenez con carrera séptima, centro de Bogotá, para pedir la libertad de David Murcia Guzman y la reapertura de sus empresas.

La Superintendencia intervino con medidas cautelares a las firmas Evolution Market Group Inc, y BMC World Business Inc.

Las personas naturales son Beatriz Zamora Tamayo, Judith González-Porto Puello, Jhonn Jairo Vesga Cadena y Alejandro Fernández Eslava.

El texto del documento oficial, es el siguiente:

La Superintendencia Financiera adoptó medidas cautelares contra las siguientes empresas y personas naturales, por promocionar y difundir en territorio colombiano el producto Forex, sin contar con la autorización previa y particular para el efecto, así:

1. Resolución Número 2062 del 17 de diciembre de 2008: Mediante la cual se adoptan medidas cautelares contra EVOLUTION MARKET GROUP INC. y las personas naturales BEATRIZ ZAMORA TAMAYO, JUDITH GONZÁLEZ-PORTO PUELLO, JHONN JAIRO VESGA CADENA y ALEJANDRO FERNÁNDEZ ESLAVA.

El acto administrativo ORDENA la SUSPENSIÓN INMEDIATA de la actividad de promoción en territorio colombiano del producto Forex, ofrecido por la entidad del exterior EVOLUTION MARKET GROUP INC a través de su denominación comercial FINANZAS FOREX Y/O FOREX MARKET NETWORK, y a las personas naturales BEATRIZ ZAMORA TAMAYO, JUDITH GONZÁLEZ-PORTO PUELLO, JHONN JAIRO VESGA CADENA y ALEJANDRO FERNÁNDEZ ESLAVA, bajo el apremio de multas sucesivas hasta de un millón de pesos.

De igual forma, la Superintendencia Financiera adoptó medidas cautelares contra la siguiente persona natural y empresa, por captar o recibir dineros del público sin contar con la autorización para el efecto:

2. Resolución Número 2061 del 17 de diciembre de 2008: Mediante la cual se adoptan medidas cautelares contra BEATRIZ ZAMORA TAMAYO y la compañía BMC WORLD BUSINESS INC. SUCURSAL COLOMBIA, con domicilio en la ciudad de Villavicencio – Meta, y se ordena la SUSPENSIÓN INMEDIATA de las operaciones de captación o recaudo de dineros, bajo apremio de multas sucesivas hasta de dos mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.

El mismo acto administrativo ORDENA a los comandantes de Policía de los lugares donde dichas personas realizan las actividades no autorizadas, aplicar las medidas necesarias para cerrar los establecimientos o lugares donde esas personas llevan a cabo la captación o recaudo de dineros, la colocación de sellos, los cambios de guarda, y demás seguridades precautelativas para proteger los derechos de terceros y preservar la confianza del público en general.

Copia de la resolución se remitió a la Fiscalía General de la Nación para efectos de las investigaciones propias de su competencia y a la Superintendencia de Sociedades para lo pertinente.

Contra los anteriores actos administrativos procede el recurso de reposición interpuesto ante el Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión Institucional de la Superfinanciera, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación, advirtiendo que por tratarse de medidas cautelares, la interposición del recurso correspondiente no interrumpe su ejecutoriedad.

Cabe recordar que la promoción de sistemas de negociación y/o de registro de operaciones sobre divisas (incluido el mercado Forex) y la administración de tales plataformas es una actividad que requiere autorización previa por parte de esta Superintendencia, y en ningún caso dicha licencia permite recibir o captar recursos del público para su administración o inversión.

Las entidades financieras del exterior que deseen promocionar estos productos o servicios, solo pueden hacerlo a través de dos vías: la suscripción de un contrato de corresponsalía suscrito con una sociedad comisionista de bolsa de valores o una corporación financiera, o la constitución de una oficina de representación en Colombia. En ambos casos se debe contar con autorización previa y particular de esta Superintendencia.

Esta Superintendencia reitera a la ciudadanía que el mercado Forex comporta riesgos, razón por la cual demanda altas competencias técnicas y de análisis de los mercados; que no es posible garantizar rentabilidades, rendimientos fijos, periódicos o esporádicos o mecanismos de beneficios similares; que estos esquemas de inversión se efectúan en el extranjero y no cuentan con la protección estatal del seguro de depósito.

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