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Ley de Insolvencia Económica, tabla de salvación para deudores morosos

A sanción presidencial pasó la Ley de Insolvencia Económica, que permitirá que los colombianos que se encuentran en deuda con el sector financiero, lleguen a acuerdos de pago sin que les embarguen sus bienes.

La norma fue aprobada en conciliación de las plenarias del Senado y Cámara en sesiones extraordinarias.

El proyecto establece que los acuerdos de pago podrán hacerse no sólo en caso de deudas con el sector financiero sino también con el público, lo que incluye las deudas con la DIAN, servicios domiciliarios y valorización, entre otros.

El representante Roy Barreras, consideró la ley un excelente regalo de navidad, para más de 4 millones de colombianos deudores del sistema financiero y en particular, para 400 mil colombianos que actualmente están enfrentando el embargo y remate de sus bienes.

A su turno, el Representante y coautor de la iniciativa, Simón Gaviria, señalo que el objetivo es permitir que los colombianos que se encuentran en deuda con el sector financiero, por créditos hipotecarios u otro tipo de obligación, lleguen a acuerdos de pago sin que les sean embargados sus bienes y reciban la suspensión de los intereses de mora y la tasa de manejo de las tarjetas de crédito, entre otros gravámenes.

Añadio que “el régimen de insolvencia regulado en la nueva ley tiene por objeto permitirle al deudor persona natural no comerciante, acogerse a un procedimiento legal que le permita mediante un trámite de negociación de deudas en audiencia de conciliación extrajudicial celebrar un acuerdo de pago con sus acreedores y cumplir así con sus obligaciones pecuniarias pendientes sin importar su naturaleza, salvo las originadas en obligaciones alimentarias, ni los procesos ejecutivos correspondientes a las mismas”.

El parlamentario subrayó que este proyecto es un derecho fundamental ya que “una persona que esté retrasada en el pago de sus obligaciones va a poder declarar su insolvencia y no le va a afectar su vida”.
Los interesados en acogerse a esta Ley podrán hacer la solicitud de trámite de negociación de deudas ante un centro de conciliación, anexando un informe que indique las causas de su insolvencia y la propuesta para la negociación de deudas que debe ser clara, expresa, objetiva, de acuerdo a su estado patrimonial y con su pasado patrimonial y crediticio, al igual que la relación completa y actualizada de todos los acreedores, entre otros documentos.
Barreras enfatizó que con esta medida, “el sector bancario podrá recuperar con los acuerdos de pago cerca de un billón de pesos que hoy tienen perdidos en procesos moratorios de difícil recaudo”.

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