Construyamos Familia Opinión

ALIMENTOS, PROGENITORES RESPONSABLES Y CÁRCEL. (I PARTE)

Por: Carlos Fradique-Méndez
Abogado de Familia y para la Familia
DIPLOMADO EN EDUCACIÓN PARA LA VIDA EN FAMILIA (134)
La Constitución Nacional de manera enfática ordena que la pareja, vale decir hombre y mujer, tiene derecho y por supuesto que la correspondiente obligación a decidir de manera responsable y libre el número de sus hijos, y deberá sostenerlos y educarlos mientras sean menores o impedidos.

EL IDEAL DE PROGENITURA RESPONSABLE.

Sostenerlos, educarlos y garantizarles su crecimiento integral, bajo el entendido que la persona es por lo menos la suma de sus vidas física, mental, espiritual, afectiva, social, laboral, económica. Este es el ideal de la progenitura responsable, que si bien no está codificada como lo ordena la Constitución, orden que ni el Gobierno, ni el Congreso han cumplido ni intentado cumplir durante los 26 años de vigencia de la Constitución, está diseminada en la Constitución, en el Código Civil, en el Código de la Infancia y Adolescencia, en el Código Penal, en el Código Laboral y leyes, normas y directrices de distinto orden.

Cuando los padres viven juntos acuerdan o pactan verbalmente en qué forma cumplen estas obligaciones. Los aportes en dinero, en especie, en ayuda para la recreación, en cuidado de la casa, en el cuidado directo de la alimentación y la salud. Y en la mayoría de las veces estos acuerdos funcionan bien.

CUANDO LOS PADRES SE PELEAN O SE SEPARAN.

Cuando los padres se pelean o llegan a separarse, los funcionarios que deben velar por el bienestar de los hijos, se limitan a reglamentar con qué padre vivirán los hijos con una clara inclinación a que vivan con la madre, a establecer unos días para que el padre que no comparte la vivienda pueda “visitar” a sus hijos cambiando la relación paterno o materno filial por una relación de carácter social a veces en condiciones que son una verdadera tortura para el visitante y para los visitados y a fijar una suma de dinero a cargo del padre que no comparte el techo sin tener en cuenta que los alimentos deben ser asumidos tanto por el padre como por la madre y que en el acuerdo de sostenimiento debería quedar en claro qué paga la mamá y que paga el papá y llegado el caso los abuelos.

Además, generalmente los aportes que deben hacerse quedan en el limbo y dan lugar a ejercicio abusivo de quienes tienen la mayor ventaja para decidir sobre los hijos. Dos ejemplos pueden ayudar a entender las dificultades que se generan con estos acuerdos mal redactados y en muchos casos abiertos. Primero: Se acuerda que el padre o madre asume los gastos de educación. Sin poner límites, ni condiciones. Quien tiene el hijo lo matrícula en un colegio costoso y al año le pasa la cuenta el obligado y los jueces, sin ningún reparo, ordenan el pago del costo del colegio o de la universidad. Es verdad que el obligado tiene cierta culpa por no estar pendiente de su hijo o por confiar en el otro padre, pero es evidente que aquí hay un claro caso de ejercicio abusivo de un derecho aparente. Segundo: Se deja la tenencia al padre o a la madre. Quien tiene los hijos se organiza con su nueva pareja y decide cambiar de domicilio sin ni siquiera avisar al otro padre. En esta forma suspende las visitas y cambia de juez competente para un eventual pleito respecto de los hijos. Y los funcionarios que deben velar por los hijos, avalan la tesis de que los hijos hacen parte de la maleta de quien ostenta la tenencia.

OPCIÓN DE DENUNCIA PENAL.

Y como generalmente el padre o madre que deben pagar los alimentos se han puesto en aparente mora, el aparente acreedor decide denunciar al deudor por el delito de inasistencia alimentaria y el denunciado debe pagar abogado y enfrentar la censura del investigador quien lo trata de irresponsable y lo pone en condiciones difíciles de demostrar su inocencia.
Este delito ha sido cuestionado de tiempo atrás, porque está demostrado que no es el medio idóneo para garantizar el pago de alimentos a los hijos y sobre su conveniencia y utilidad seguiré presentando argumentos en las próximas semanas.

Por ahora, invito a que sigamos sembrando, la paz, el amor y la concordia en nuestras familias y hogares, para tener paz, amor y concordia en nuestra sociedad y Colombia y sobre todo personas que rindan honor a su cultura de bondad para solucionar con prudencia sus conflictos.

Bogotá, 22 al 28 de mayo de 2017.

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