Construyamos Familia Opinión

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DEBERES HUMANOS (II)

Por: Carlos Fradique-Méndez
Abogado de Familia y para la Familia
DIPLOMADO EN EDUCACIÓN PARA LA VIDA EN FAMILIA (151)
Segunda parte
La otra cara de la moneda
«Si alguien está violando un derecho, es porque está incumpliendo uno de sus deberes.»
«Si todos cumplimos con nuestros deberes, nadie violará nuestros derechos.»

El 9 de septiembre se celebra en Colombia el DÍA NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. Como al parecer hemos olvidado los DEBERES HUMANOS me permito compartir con los lectores la siguien-te

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DEBERES HUMANOS

Segunda parte

Respetuosamente invito a leer cuidadosamente esta declaración, a comentarla y socializarla. Será muy útil para mejorar nuestra convivencia en la familia y la sociedad. Es posible que logremos la PAZ EN LA FAMILIA.

ARTICULO 19. Debemos aprender a escuchar porque los demás tienen derecho a la libertad de opinión y de expresión. No debemos molestar a los demás a causa de sus opiniones, o porque las difundan sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión. No debemos confundir libertad de expresión con derecho a injuriar, pues este no existe.

ARTICULO 20. 1. Debemos aceptar que los demás tienen derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica.

2. No podemos obligar a nadie a pertenecer a una determinada asocia-ción y mucho menos si es ilícita.

ARTICULO 21. 1. Todos tenemos derecho a participar en el gobierno de nuestro país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. Nuestro voto debe ser responsable, por lo que debemos ser pulcros, honrados y estrictos en el cumplimiento de nuestros deberes electorales.

2. Al ejercer nuestro derecho a elegir lo debemos hacer de manera res-ponsable para que los indignos no sean escogidos para dirigir los desti-nos patrios.

3. En el manejo de los dineros públicos debemos ser en extremo honra-dos y celosos en su cuidado, porque es delito de lesa patria asaltar el patrimonio del Estado.

ARTICULO 22. 1. Debemos garantizar la seguridad social de nuestros conciudadanos y para el efecto debemos abstenernos de realizar todo acto que ponga en peligro su integridad.

2. Así mismo debemos procurar la satisfacción de los derechos econó-micos, sociales y culturales indispensables a la dignidad y al libre desa-rrollo de la personalidad de los demás.

3. Tenemos la ineludible obligación de cuidar y preservar nuestro am-biente para que luzca sano y bello. (Error llamarlo MEDIO AMBIENTE. Se trata de TODO NUESTRO ENTORNO)

ARTICULO 23. 1. Debemos ser responsables en el desempeño de nuestro trabajo para tener derecho a demandar nuestra permanencia en él.

2. Y como empleadores tenemos la obligación, sin discriminación algu-na, de pagar igual salario por trabajo igual.

3. Debemos garantizar a nuestros trabajadores una remuneración equi-tativa y satisfactoria, que les asegure, así como a sus familias, una exis-tencia conforme a la dignidad humana, la cual será complementada, en caso necesario, por otros medios de protección social a cargo del Esta-do.

ARTICULO 24. Debemos respetar el derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

ARTICULO 25. 1. Debemos luchar a cualquier precio porque las perso-nas tengan un nivel de vida adecuado que les asegure, así como a sus familias, la salud y bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la

vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios para mantener su dignidad.

2. El Estado debe garantizar seguros en caso de desempleo, enferme-dad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

3. Debemos ejercer de manera muy responsable la maternidad y la pa-ternidad de tal manera que demos cuidado, amor, crianza y asistencia especiales a nuestros hijos. Antes de engendrar debemos garantizar el mínimo vital del hijo que vamos a esperar.

4. Todos nuestros niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen los mismos derechos y debemos darles igual protección social. Cada hijo deber ser el resultado del más responsable de nuestros actos que es el de garantizar con dignidad la permanencia del ser humano so-bre la tierra. (Progenitura luego de tener buen trabajo e ingresos decen-tes)

ARTICULO 26. 1. Nuestra primera obligación para con nuestros hijos es la de educarlos para que sean madres, padres, esposas, esposos y ciu-dadanos responsables y honrados, sin que esto implique exonerar al Estado de su obligación educativa.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y la formación de una cultura cuya meta sea el cumplimiento estricto de estos deberes y el respeto de los derechos de los demás.

3. Al educar, formar e informar a nuestros hijos debemos hacerlo sa-biendo que la ignorancia es la mayor esclavitud a la que puede estar sometido el ser humano.

Debemos comprender, tolerar y fortalecer los vínculos de amistad entre todos los seres humanos y en especial entre nuestros vecinos y conna-cionales.

ARTICULO 27. Todos tenemos la obligación de tomar parte en la vida cultural de la comunidad y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

ARTICULO 28. Todos tenemos la obligación de luchar porque se reco-nozcan los derechos fundamentales de los demás y debemos saber que si cumplimos nuestros deberes es muy probable que no se violen los derechos de los demás o por lo menos que se minimice la violación.

ARTICULO 29. 1. Todas las personas tenemos deberes respecto a la comunidad puesto que sólo en ella podemos desarrollar libre y plena-mente nuestra personalidad.

2. Debemos cumplir nuestros deberes con generosidad y entrega hacia nuestros semejantes, de tal manera que el bien de los demás sea más importante que el propio nuestro.

ARTICULO 30. La presente declaración debe interpretarse en el sentido de que los individuos y la sociedad son los responsables del bienestar del mundo, de la buena calidad de vida de los seres humanos y que de ninguna manera podemos desconocer los derechos de los demás.

Redactada en Colombia, tierra de esperanza y de sueños de paz.

Septiembre del 1995, mes del amor y la amistad y de los deberes y de-rechos humanos.

Cultivemos la paz, el amor y la concordia en nuestras familias, en nuestra sociedad y en Colombia para tener personas que rindan honor a su cultura de bondad para solucionar con prudencia sus conflictos.

Bogotá, del 18 al 24 de septiembre de 2017.

Envíe sus comentarios a carlosfradiquem@outlook.com Twitter @fradiquecarlos Blog: www.ElComPAZ.com

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