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Entra en vigencia la norma que regula el contenido de jabones y detergentes

jabones kids-01 El sábado 5 de noviembre entra en vigencia la normativa que regula que el contenido de fósforo de detergentes y jabones sea menor o igual al 3%. Para enero de 2018 el valor máximo definido será del 0,65%.

Para que los productores o comercializadores de jabones y detergentes se preparen, el próximo jueves 3 de noviembre tendrá lugar un taller virtual participativo sobre el proceso de implementación de la resolución 0689 de 2016 que establece los límites máximos de contenidos de fósforo y la biodegradabilidad de los tensoactivos (compuestos orgánicos que reducen la tensión de la superficie del agua), que están presentes en estos productos, con lo que se busca reducir los aportes de dichas sustancias a los cuerpos de agua.

Con el fin de socializar las implicaciones de esta resolución, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Salud y Protección Social, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA) desarrollarán el taller, dirigido a fabricantes o importadores de jabones y detergentes de uso doméstico e industrial, que se originará desde la sede del INVIMA en Bogotá y que podrán seguir de manera virtual en las sedes de la entidad en las siguientes ciudades:

BARRANQUILLA – ATLÁNTICO
Grupo de Trabajo Territorial Costa Caribe 1– INVIMA
Dirección: Carrera 60 No 74-159

MONTERIA – CORDOBA
Grupo de Trabajo Territorial Costa Caribe 2 – INVIMA
Dirección: Calle 61 No 7 – 38

BUCARAMANGA – SANTANDER
Grupo de Trabajo Territorial Centro Oriente 1 – INVIMA
Dirección: Carrera 34 No. 54 – 70 Barrio Cabecera

BOGOTÁ D.C.
Sede principal – INVIMA
Dirección: Carrera 10 No. 64-60

NEIVA – HUILA
Grupo de Trabajo Territorial Centro Oriente 3 – INVIMA
Dirección: Calle 18a No 7a – 14, Barrio Campo Núñez

MEDELLÍN – ANTIOQUIA
Grupo de Trabajo Territorial Occidente 1 – INVIMA
Dirección: Carrera 48 A No. 10 Sur – 42, Barrio La Aguacatala

CALI – VALLE DEL CAUCA
Grupo de Trabajo Territorial Occidente 2 – INVIMA
Dirección: Avenida 4 Norte No. 4 – 30, Barrio Centenario

ARMENIA – QUINDÍO
Grupo de Trabajo Territorial Eje Cafetero – INVIMA
Dirección: Carrera 17 No. 22 norte – 24, Barrio laureles

VILLAVICENCIO – META
Grupo de Trabajo Territorial Orinoquía
Dirección: Calle 38 No. 31 – 58

Este taller incluirá una presentación de la normativa, para luego dar paso a la sesión de preguntas – respuestas, así como a una sesión de consolidación de los contenidos y comentarios de los asistentes.

Los interesados en enviar sus inquietudes puntuales lo podrán hacer a través del correo preguntasresolución0689@minambiente.gov.co hasta el miércoles 2 de noviembre.

Esta Resolución contribuye al cumplimiento de la Orden 4.61 de la Sentencia del Río Bogotá, que ampara los derechos colectivos a un ambiente sano y al requerimiento de la OCDE en fortalecimiento normativo de sustancias químicas C(71)83/Final, relacionado con la determinación de biodegradabilidad.
La resolución busca aportar a la descontaminación de ríos y cuerpos de agua que reciben vertimientos, así como favorecer la salud humana tras la mejora en la calidad del agua superficial disponible para su uso y generar valor agregado a los productos que, a partir de la entrada en vigencia de la norma, aportarán a la sostenibilidad del recurso hídrico, mediante la implementación de una medida preventiva de “control antes de la salida del tubo”.