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Congreso inicia trámite de proyectos que implementan la Justicia Especial para la Paz

Congreso-de-Colombia
–Las comisiones primeras del Congreso de la República, tras haber evacuado el proyecto de Amnistía e Indulto, se aprestan ahora a abocar el debate y aprobación de los proyectos de Acto Legislativo sobre la Justicia Especial para la Paz y que incorporan el sistema integral de justicia, verdad y reparación a la Constitución.

Las iniciativas fueron radicadas por el ministro de Justicia y del Derecho, Jorge Eduardo Londoño Ulloa, en compañía de sus colegas del Interior, Juan Fernando Cristo, y de Defensa, Luis Carlos Villegas.

Uno de los proyectos fue pactado con las Farc en las negociaciones La Habana y crea disposiciones transitorias de la Constitución para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera; y, el segundo, es una propuesta unilateral del Gobierno, autoría del Ministerio de Defensa, a través del cual se crean disposiciones transitorias aplicables a los agentes del Estado en el marco del conflicto armado.

El proyecto de Acto Legislativo radicado por Minjusticia incorpora a la Constitución el Sistema Integral de Justicia, verdad y reparación y sus cinco componentes:

1. La Justicia Especial para la Paz;

2. la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la no Repetición;

3. la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas;

4. Establece las medidas de reparación de las víctimas; y 5. Traza las garantías de no repetición.

El texto señala que la Comisión busca esclarecer la verdad sobre lo ocurrido en el marco del conflicto armado, promover el reconocimiento de las víctimas y la convivencia en los territorios. Por su parte, la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas va a dirigir, coordinar y contribuir a la implementación de acciones de búsqueda, localización, identificación y entrega de personas dadas por desaparecidas en el marco del conflicto armado. Las dos, la Comisión y la Unidad, son autónomas e independientes y extrajudiciales.

La Jurisdicción Especial para la Paz, componente de dicho sistema, será encargará de administrar justicia de manera autónoma y transitoria sobre las conductas cometidas en el marco del conflicto armado, en especial respecto a conductas consideradas como graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario o graves violaciones de los Derechos Humanos. Esta jurisdicción entrará en funcionamiento a partir de la aprobación de este Acto Legislativo sin necesidad de ninguna norma de desarrollo.

Este proyecto explica que sí procederá la tutela contra las actuaciones u omisiones de la Jurisdicción Especial. Dichas acciones serán conocidas por el Tribunal para la Paz y podrán ser revisadas por la Corte Constitucional.

El proyecto establece que se podrán revisar, a petición del condenado, las sanciones de la Procuraduría o la Contraloría y las sentencias proferidas por otras jurisdicciones, pero solo por variación de la calificación jurídica, por aparición de nuevos hechos o cuando surjan pruebas no conocidas o sobrevinientes sobre conductas cometidas con ocasión del conflicto o en relación con él.

Se reitera dentro del articulado la obligación del Estado de garantizar el derecho a la reparación a las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario que hayan sufrido daños, individual o colectivamente con ocasión del conflicto armado.

La reparación será garantizada por el Estado de manera integral, adecuada, diferenciada y efectiva, priorizando la distribución de las medidas de reparación entre las víctimas, teniendo en cuenta el universo de víctimas del conflicto armado y buscando la igualdad en el acceso y la equidad en la distribución de los recursos disponibles, dando preferencia en la atención a los sujetos de especial protección constitucional.

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