Economía

Subsidio a las nóminas debe incluir a empresas y ciudadanos que no están obligados a tener registro mercantil: Procuraduría

–El subsidio a las nóminas creado por el Gobierno nacional, a través del Decreto 639 de 2020, dentro de la Emergencia Económica, Social y Ecológica por la pandemia de Covid-19, debe beneficiar también a aquellas empresas y ciudadanos que no están obligados a inscribirse en el registro mercantil para desarrollar actividades productivas o profesionales.

Así lo notificó la Procuraduría General de la Nación en el concepto enviado a la Corte Constitucional, en el cual advierte que la medida adoptada por el gobierno nacional es inconstitucional.

Al efecto, el Ministerio Público afirma que el decreto legislativo que creó el Programa de Apoyo al Empleo Formal –PAEF-, que subsidia hasta el 40% de un salario mínimo legal mensual vigente de los trabajadores de aquellas empresas que hayan visto reducidos sus ingresos en un 20% o más, vulnera el principio de igualdad establecido en la Carta Política, porque permite el acceso a los beneficios del programa únicamente a las compañías que cuentan con registro mercantil.

Por ello, la Procuraduría señala que la norma debe incluir a aquellos que a pesar de no estar obligados a inscribirse, sí tienen la capacidad de contratar trabajadores y cumplir las obligaciones laborales mínimas exigidas por la ley, y se han visto igualmente afectados por los hechos que originaron el estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.