Penas hasta de 22 años de cárcel se aplicarán a los proxenetas o personas que induzcan a la prostitución o a la pornografia a menores de edad, de acuerdo con un proyecto de ley que fue aprobado por la plenaria del Senado de la republica y que modifica el Código Penal colombiano.
La iniciativa fue presentada conjuntamente por las mujeres que integran las distintas bancadas de los partidos politicos en el congreso.
El proyecto de ley incorpora al Código Penal el siguiente articulo: El que con ánimo de lucro para sí o para un tercero o para satisfacer los deseos sexuales de otro organice, facilite o participe de cualquier forma en el comercio carnal o prostitución de otra persona menor de 18 años incurrirá en prisión de 10 a 22 años y multa de 66 a 750 salarios mínimos legales.
El senador Jesús Ignacio García, coordinador de ponentes, advirtió que el proxenetismo ha sido considerado un delito en Colombia, pero a partir de la aprobación de la nueva ley, cuando la víctima es un menor de 18 años, se agravara la pena.
El proyecto que pretende contrarrestar la explotación sexual de menores, consta de 6 artículos, pasará ahora a estudio de la Cámara de Representantes.
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