Panorama Nacional Política

Conflicto de intereses no impediría votar a congresistas

Así, el proyecto cumple su cuarto debate en la Plenaria del Senado, y culmina su primera vuelta. Ahora será la Cámara de Representantes, la que defina el futuro de esta iniciativa en segunda vuelta.

Si el proyecto llegase a aprobarse, el régimen de conflicto de intereses no tendría aplicación cuando los congresistas participen en el trámite y aprobación de la enmienda constitucional, según señala la norma aprobada por la plenaria del Senado.

«No se ve claro que un congresista que es titular del poder liberado, no pueda participar en la organización básica del Estado colombiano. Se hace necesario la reforma para que no existan congresistas que se declaren impedidos para votar un acto legislativo», aseveró Gerlein Echeverría.

El artículo 183 de la Carta Política trata de la pérdida de investidura de los congresistas y señala las causales que, eventualmente, la generan. La primera de ellas es la violación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, o del régimen de conflicto de intereses.

A juicio del ponente, senador Gerlein Echeverría, «es inusual que algún congresista se encuentre particularmente privilegiado o perjudicado por su expedición o su reforma integral y pueda verse inmerso, con su actuar, en un conflicto de intereses particulares».