Economía

SuperVigilancia fija medidas para pago de la cuota de contribución

La base grabable que establece la tarifa para la cuota de contribución para las empresas y cooperativas del sector de la vigilancia y seguridad privada, así como la fecha de pago de la misma, son algunas de las medidas fijadas por la SuperVigilancia mediante la Resolución 1065 del 25 de febrero de 2011, para el recaudo de este tributo.

Así las cosas, la Superintendencia convoca a todos sus vigilados para que antes del 30 de abril del año en curso, ingresen su información financiera a través del Sitio Web www.supervigilancia.gov.co y remitan físicamente a la sede de la SuperVigilancia los documentos que soporten la información reportada en el Sitio Web.

El plazo para el pago total de la contribución a favor de la SuperVigilancia será hasta el 30 de junio de 2011. De no cumplir con la fecha límite establecida, el pago generará intereses de mora.

Finalmente y para finiquitar el trámite, se debe remitir a la Entidad el formulario de autoliquidación, diligenciado y acompañado de los respectivos comprobantes de pago, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha límite de pago.

La Resolución 1065 del 25 de febrero de 2011 se puede consultar en el Sitio Web, en la sección Noticias y Eventos.